CONSULTAS PARTICULARES
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
no es necesario el controlador hoy en dia si facturas con electronica, ademas que los controladores viejos ya tienen fecha de vencimiento y los nuevos llevan regimen de informacion mensual para los monotributos, ademas de su precio.
Marcelo Borra
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Re: CONSULTAS PARTICULARES Baja IVA u OPCION MONOTRIBUTO
Buenos dÃas, querÃa consultar porque necesito ejercer la Opción Monotributo en RUT o de última dar de baja un cliente en IVA (mal inscripto) y desde la página no responde, ni me toma para la baja. Alguno que haya tenido algun problema parecido, puede ayudarme?
Gracias
Gracias
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
La baja se puede hacer perfectamente desde la web.
Cualquier duda contactame y te cotizo la tarea.
Saludos.
Cualquier duda contactame y te cotizo la tarea.
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Gabriel Sequino
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CONSULTA ACTIVIDADES - EXENCIÓN IIBB
Buenos dÃas.
Estoy por comenzar a prestar servicios profesionales contables como monotributista.
Entiendo que por el sólo hecho de tener tÃtulo habilitante uno no deberÃa pagar Ingresos Brutos, y Comercio e Industria (Córdoba)
Mi consulta es si esta exención opera de acuerdo a la actividad que se elija al momento del alta en el Monotributo (en este caso 692000: Servicios de CONTABILIDAD, auditorÃa y asesorÃa fiscal), o si luego debo presentar algún tipo de documentación para no pagar dicho impuesto.
Muchas gracias y buena jornada
Estoy por comenzar a prestar servicios profesionales contables como monotributista.
Entiendo que por el sólo hecho de tener tÃtulo habilitante uno no deberÃa pagar Ingresos Brutos, y Comercio e Industria (Córdoba)
Mi consulta es si esta exención opera de acuerdo a la actividad que se elija al momento del alta en el Monotributo (en este caso 692000: Servicios de CONTABILIDAD, auditorÃa y asesorÃa fiscal), o si luego debo presentar algún tipo de documentación para no pagar dicho impuesto.
Muchas gracias y buena jornada
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Leyendo el Código Fiscal de Córdoba encontrarás las respuestas.
Saludos.-
Saludos.-
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Re: CONSULTA ACTIVIDADES - EXENCIÓN IIBB
Bien sabrás como colega, la diferencia entre TÃTULO y MATRÃCULA.alexisrpereyra escribió:Buenos dÃas.
Estoy por comenzar a prestar servicios profesionales contables como monotributista.
Entiendo que por el sólo hecho de tener tÃtulo habilitante uno no deberÃa pagar Ingresos Brutos, y Comercio e Industria (Córdoba)
Mi consulta es si esta exención opera de acuerdo a la actividad que se elija al momento del alta en el Monotributo (en este caso 692000: Servicios de CONTABILIDAD, auditorÃa y asesorÃa fiscal), o si luego debo presentar algún tipo de documentación para no pagar dicho impuesto.
Muchas gracias y buena jornada
Sin matrÃcula no hay ejercicio posible de la profesión.
El resto creo que ya te lo aclaró Lucrecio.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Hola buen dia, soy nuevo en el foro, quisiera realizar una consulta en base a alguna experiencia reciente, tengo un cliente el cual presento recientemente de forma particular el F572 web, para recuperar las retenciones de ganancias por compra de moneda extranjera; lo cierto es que lo cargo mal, le faltaron cargar unas retenciones.
Sabran si se puede recuperar esos montos, o si se prevee en algun momento dar una extension a lo que fuera la fecha limite del 31/03..???
Aguardo respuesta y desde ya muchas gracias. Saludos
Atte. Pablo
Sabran si se puede recuperar esos montos, o si se prevee en algun momento dar una extension a lo que fuera la fecha limite del 31/03..???
Aguardo respuesta y desde ya muchas gracias. Saludos
Atte. Pablo
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Hola buen dia la fecha limite para siradig fue el 31/03 y no esta previsto reabrirlo nuevamente por lo que si quedaron retenciones sin cargar el procedimiento que corresponde para la devolucion es inscribirse en el impuesto a las ganancias, declararlas en la ddjj anual y que le queden como saldo a favor y luego pedir la devolucion a afip, saludos.
Marcelo Borra
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
muchas gracias Marcelo, saludosEstudio Contable MEB escribió:Hola buen dia la fecha limite para siradig fue el 31/03 y no esta previsto reabrirlo nuevamente por lo que si quedaron retenciones sin cargar el procedimiento que corresponde para la devolucion es inscribirse en el impuesto a las ganancias, declararlas en la ddjj anual y que le queden como saldo a favor y luego pedir la devolucion a afip, saludos.
Re: CONSULTAS PARTICULARES
Estimados
Tengo una consulta muy simple no necesito que aonden en detalles
Estoy viviendo y trabajando en el exterior pero recibo mi sueldo en Argentina ya que la empresa para la que trabajo esta radicada en el pais
Mi sueldo se compone de sueldo basico + concepto por asignacion internacional (viaticos)
-Mis gastos diarios son alcanzados por los impuestos al dolar. Hay algo que se pueda hacer con esto?
-Hay algun tipo de forma para deducir ganancias?
Tengo una consulta muy simple no necesito que aonden en detalles
Estoy viviendo y trabajando en el exterior pero recibo mi sueldo en Argentina ya que la empresa para la que trabajo esta radicada en el pais
Mi sueldo se compone de sueldo basico + concepto por asignacion internacional (viaticos)
-Mis gastos diarios son alcanzados por los impuestos al dolar. Hay algo que se pueda hacer con esto?
-Hay algun tipo de forma para deducir ganancias?