ITI tracto abreviado
ITI tracto abreviado
Buenos dias, en los casos de una venta de inmueble mediante tracto abreviado, el ITI se puede solicitar mediante uno de los herederos o hay que inscribir la sucesión indivisa ante AFIP a través de alguno de ellos? Gracias
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Re: ITI tracto abreviado
Si está aprobada la cuenta particionaria (entiendo que sólo de esa manera podés hacer la venta de la propiedad, haciendo la venta y pago directamente a los herederos, sin tener que hacer la sucesión previamente) el ITI le corresponde a cada vendedor por su porción correspondiente.
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: ITI tracto abreviado
Muchisimas gracias!, no me llegaba a quedar claro lo que establecía afip en este caso. De ser asi entonces, ¿estaría bien tomar como fecha de ingreso al patrimonio de los herederos, la fecha del tracto abreviado? porque si ellos hacen el ITI,de alguna manera ese bien esta en su patrimonio.
GRACIAS
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Re: ITI tracto abreviado
Así es.
El dinero producido de la venta, ingresará al patrimonio en la fecha de la venta.
saludos.
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Gabriel Sequino
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