Iti tratamiento abreviado
Moderador: contadoria
Iti tratamiento abreviado
Buenas tardes, en los casos de una venta de inmueble mediante tráfico abreviado, el ITI se puede solicitar mediante uno de los herederos o es necesario inscribir la sucesión indivisa ante AFIP a través de algún de ellos? Gracias.
Etiquetas: impuestos, ITI, venta de inmueble, tráfico abreviado, herederos, sucesión indivisa, AFIP
Etiquetas: impuestos, ITI, venta de inmueble, tráfico abreviado, herederos, sucesión indivisa, AFIP
Última edición por mguaraldo el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: ITI tracto abreviado
Si está aprobada la cuenta particionaria (entiendo que sólo de esa manera podés hacer la venta de la propiedad, haciendo la venta y pago directamente a los herederos, sin tener que hacer la sucesión previamente), el ITI corresponde a cada vendedor por su porción correspondiente.
Saludos.
Saludos.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Re: ITI tracto abreviado
Muchísimas gracias! No me quedaba claro lo que establecía AFIP en este caso. De ser así, ¿estaría bien tomar como fecha de ingreso al patrimonio de los herederos la fecha del tránsferto abreviado? Pues si ellos hacen el ITI, de alguna manera ese bien está en su patrimonio.
GRACIAS
GRACIAS
Última edición por mguaraldo el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: ITI tracto abreviado
Así es.
El dinero producido de la venta ingresa al patrimonio en la fecha de la venta.
Saludos.
El dinero producido de la venta ingresa al patrimonio en la fecha de la venta.
Saludos.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar