Buenas noches, necesito realmente de su ayuda y asesoramiento al efecto de saber cómo actuar y qué pasos debo seguir en ésta situación:
Soy administradora judicial (cónyuge supérstite) en la sucesión de mi marido, soy pensionada actualmente, y el tema es que existe un inmueble dentro del acervo hereditario que se encuentra desocupado y medio abandonado, siendo mi intención la de recuperarlo en cuanto a sus condiciones habitacionales, contratando personal de limpieza y de mantenimiento de jardinería. Mi consulta es:
• La contratación del personal se debería registrar a nombre mío o a nombre del cuil/cuit que ostenta la sucesión?
• Qué tipo de contrato laboral sería?, ya que prestarían funciones 1 o 2 veces por semana.
• Cómo es el proceso de registración, teniendo en cuenta que yo me encuentro en la provincia de Neuquén y el inmueble está ubicado en la provincia de Buenos Aires?
• Cómo es el tema de la ART?
• Sería conveniente la contratación de una Empresa de Servicios Eventuales en este caso?
Espero haber sido clara en mi consulta, quedando a la espera de su respuesta, agradeciéndoles desde ya su tiempo para la lectura y respuesta de la misma.
Saludos cordiales,
Julia Fernández