Bienes Personales

Estudio Contable MEB
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable MEB »

no al contrario hoy esta en falta, mejor que regularice su situacion y se ponga al dia antes que lo intime el fisco. Con respecto a las ddjj podes hacerla por aplicativo hasta 2016 incluido por siap y 2017 ya si por web.
Marcelo Borra
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Estudio Contable GS
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable GS »

smgconsultas escribió:Buenas tardes:

Les consulto, tengo un cliente que es monotributista y no presentó las declaraciones juradas de bienes personales correspondiente a los años 2013, 2014, 2015 y 2016 cuando debía presentarlas por superar el mínimo imponible, además el año pasado no se adhirió al blanqueo debido a que tiene forma de justificar su patrimonio.

Les agradecería me indiquen, si al presentar las declaraciones juradas originales de cada año, pagando el impuesto + la multa de $200 por cada una + los intereses correspondiente por presentarlas fuera de termino puede traerle algún inconveniente con la AFIP por no haberse adherido al blanqueo?

Todas las declaraciones juradas deben ser presentadas a través de la web o hasta el año 2016 se pueden presentar mediante el aplicativo?

Agradezco mucho sus respuestas.

Atentamente,
Mauricio
tendrá que presentar todas las DDJJ de Bienes Personales, desde el momento en que su patrimonio superó el mínimo exento (ahora mínimo no imponible desde 2016) y demostrar año a año el crecimiento de su patrimonio.

Haciendo eso de forma voluntaria y sin mediar reclamo anterior, estaría regularizando todo lo que hubiera correspondido y el fisco no te podría reclamar (a ver... te va a reclamar pero tendrás cómo demostrarlo).

saludos.
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colodadan
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Re: Bienes Personales

Mensaje por colodadan »

Hola mi consulta es tengo un ahorro de toda la vida en pesos que por los montos que vi arriba de $1.050.000 paga bienes personales, yo lo tuve en el banco pero hace un tiempo lo saque y ahora cuando quiero volver a depositar me piden ddjj de bienes personales, ahora bien les pregunto: yo nunca hice ddjj de bienes personales, si yo la hago a la ddjj tendré problemas con afip ?
Estudio Contable GS
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable GS »

La situación es al revés.

Si NO hacés las DDJJ cuando correspondía, vas a tener problemas con el fisco.

El hecho ya de bancarizar los ahorros es exteriorizar la tenencia a un organismo que es agente de información con el fisco, por lo cual que no te hayan intimado al día de hoy es sólo una cuestión de tiempo.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Lucrecio
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Lucrecio »

El banco no está facultado para solicitar DDJJ Bs Ps.

Seguramente te habrá solicitado certificación de licitud de fondos por el monto que pretendés depositar...

Además de Bs Ps, como vas con Ganancias? Lo tenés justificado? (recibo de sueldo, actividad personal, herencia, etc.)


Saludos.-
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Bienes Personales

Mensaje por Charly »

Hola, les hago una consulta, sobre el mínimo no imponible de B. Personales año 2019, que es de $ 2.000.000.- si un contribuyente, el único patrimonio que posee al 31 de diciembre, es un Plazo fijo de 20.000.- Dolares x $ 59,69 Serian $ 1.193.800.- al no superar el Mínimo no imponible, el contribuyente no tendría que presentar la D. Jurada ?
O por estar en el exterior, el mínimo no imponible no se puede aplicar.
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable GS »

La respuesta la tenés en el artículo 24 (mínimo exento) y te referencia al artículo 17 (para ver a quien le aplica dicho mínimo y a quien no).

Para sujetos radicados en el exterior no aplica.

Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable MEB »

si vive en el exterior no aplica el minimo, saludos.
Marcelo Borra
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pzap
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Re: Bienes Personales

Mensaje por pzap »

Estimados,

Siguiendo con la pregunta del usuario anterior. Es decir.:

1- Si soy residente en el exterior y tengo 1000 pesos en una caja de ahorro en Argentina. Tengo que hacer la DDJJ a traves de responsable sustituto y pagar?

2 - Si dejo la cuenta en cero, no corresponde declarar nada?

Muchas gracias.
Saludos
Estudio Contable GS
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Re: Bienes Personales

Mensaje por Estudio Contable GS »

La respuesta está en la ley de bienes personales.

Sería conveniente que primero te remitas a la lectura y en caso de surgir dudas, vuelvas a consultar más específicamente.

Saludos.
Gabriel Sequino
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