CONSULTAS PARTICULARES
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Hola Elizabeth:
Depende de la actividad para la cual lo necesites. No te recomiendo el ZEUS; porque tienen deficiencia en el control de stock y caja. Además no es útil para eventual auditoria (interna o externa). Tampoco es útil para utilizarlo como un "tablero de control" ya que no arroja datos estadísticos para la toma de decisiones.
Si tuviera que invertir en un software, lo haría pensando en tres cosas: 1)Utilidad y confiabilidad en la información relevada; 2) Costo operativo del sistema; y 3) Lógica en el procesamiento de la información.
Saludos.
Depende de la actividad para la cual lo necesites. No te recomiendo el ZEUS; porque tienen deficiencia en el control de stock y caja. Además no es útil para eventual auditoria (interna o externa). Tampoco es útil para utilizarlo como un "tablero de control" ya que no arroja datos estadísticos para la toma de decisiones.
Si tuviera que invertir en un software, lo haría pensando en tres cosas: 1)Utilidad y confiabilidad en la información relevada; 2) Costo operativo del sistema; y 3) Lógica en el procesamiento de la información.
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ESTUDIO SOMENZINI
Contador Público Nacional (UNRC)
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e-mail: edsomenzini@hotmail.com
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Buenas tardes estoy buscando una solucion ya que a partir del 1/07/2015 empece a realizar la factura electronica. Tengo 5 propiedades en alquiler y soy Responsable Inscripto los inquilinos son todos Monotributistas asi que les hago factura B . No tuve ningun inconveniente con 4 de los inquilinos en hacerle la factura pero uno no me permiotia ya que luego entrando en la pagina de AFIP pára ver xq me lo rechazaba . el inquilino estaba bloqueado por falta de pago del Monotributo de 10 meses. Como debo cobrarle el alquiler? Si me paga no puedo hacerle factura y ellos pagan Locacion + IVA incluido . Con que le liquido el IVA a la AFIP si el inquilino me pago. Antes con el talonario yo no sabia ni me importaba si tenia deudas con su Monotributo . pero ahora no puedo facturar y me complica. Gracias por sus respuestas.
Fernando
Fernando
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
hola fernando tenes que contactarte con un contador de tu zona para resolver las dudas, no se si ya tenes uno aparte de la obligacion de cumplir con un nuevo regimen informativo para inscriptos, saludos.
Marcelo Borra
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Retención como No Inscripto, hasta tanto regularice su situación.FER012005 escribió:Buenas tardes estoy buscando una solucion ya que a partir del 1/07/2015 empece a realizar la factura electronica. Tengo 5 propiedades en alquiler y soy Responsable Inscripto los inquilinos son todos Monotributistas asi que les hago factura B . No tuve ningun inconveniente con 4 de los inquilinos en hacerle la factura pero uno no me permiotia ya que luego entrando en la pagina de AFIP pára ver xq me lo rechazaba . el inquilino estaba bloqueado por falta de pago del Monotributo de 10 meses. Como debo cobrarle el alquiler? Si me paga no puedo hacerle factura y ellos pagan Locacion + IVA incluido . Con que le liquido el IVA a la AFIP si el inquilino me pago. Antes con el talonario yo no sabia ni me importaba si tenia deudas con su Monotributo . pero ahora no puedo facturar y me complica. Gracias por sus respuestas.
Fernando
Contatate con un Contador para que te asesore al respecto.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Tel. (54 11) 15-4196-4256
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Hola que tal tengo un comercio de ropa y soy responsable inscripto mi contadora me hace limitar mis facturas hasta $1000 tanto para los monotrributos como los resp inscriptos cuando vendo al contado. Todo eso segun la ley antilavado que me comento, sus clientes hacen facturas de venta superiores a $1000 al contado como puedo solucionar esto porque hay clientes que me comprar por una suma de $5000 a veces o superior. Agradezco sis respuestas
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
fros es la 4 pregunta particular que haces, o bien seguis el asesoramiento de tu contadora o pagas la consulta a un profesional, aca no se responde a particulares, es un foro de profesionales para resolver dudas puntuales, saludos.
Marcelo Borra
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
La ley 25.345 - articulo 1 - (promulgada en el 2000) establece el tope de $1.000. Hoy el tope debería ser de $10.000.
Saludos.
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ESTUDIO SOMENZINI
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Tiene razón el colega Marcelo Borra.fros17 escribió:Hola que tal tengo un comercio de ropa y soy responsable inscripto mi contadora me hace limitar mis facturas hasta $1000 tanto para los monotrributos como los resp inscriptos cuando vendo al contado. Todo eso segun la ley antilavado que me comento, sus clientes hacen facturas de venta superiores a $1000 al contado como puedo solucionar esto porque hay clientes que me comprar por una suma de $5000 a veces o superior. Agradezco sis respuestas
Vos emitís factura A?
Si es así, dejale el tiempo a tu contadora para que tome otro ciente y vos buscate un profesional con un poco más de práctica.
QUIEN VENDE NO TIENE LIMITE PARA VENDER. EL PROBLEMA ES DE QUIEN COMPRA Y SI TU CONTADORA TE ACONSEJA A VOS NO VENDER MAS DE $1000 ES UNA PELOTUDA (con respeto eh, pero no te puede insistir tanto con ese tema).
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Hola Buenas tardes. Me contrataron para hacer un balance de liquidacion y confeccionar el dictamen precalificatorio que solicita IGJ.ç
Necesitaria si alguien tiene algun modelo de nota en donde la casa matriz confirme que recibe el activo remantente de la liquidacion y que no va a solicotar ningun importe adicional. Hay algun modelo en la web o seria q cada uno lo tiene que armar.
Muchas Gracias
Sabrina Petito
Contadora Publica UNLaM
sabrinapetito@yahoo.com.ar
Necesitaria si alguien tiene algun modelo de nota en donde la casa matriz confirme que recibe el activo remantente de la liquidacion y que no va a solicotar ningun importe adicional. Hay algun modelo en la web o seria q cada uno lo tiene que armar.
Muchas Gracias
Sabrina Petito
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Buenas tardes, Soy Luciano, les hago una pequeña introducción a fin que no quede como una consulta encubierta. Soy recién recibido, trabajo en una obra social, me gusta leer todo lo contable e impositivo por curiosidad, ya que mi labor es fiscalizaciones, bastante ajeno a lo que me gustaría hacer. quería realizarles una consulta a ver si alguien me puede ayudar.
Me surgió una duda leyendo un articulo de thomson reuters: una persona inscripta en iva y ganancias, la cual quiere comprar una camioneta, hilux con caja y afectarla a su actividad, es contador asesor de varios productores agropecuarios. En la legislación de iva, se encuentra el tope de 20000 para deducir como crédito fiscal, y en ganancias también para la amortización y el tope de 7200 en gastos. Mi duda es que estos topes son correctos para automóvil (definido por la ley de transito art. 5 inc a), en el articulo decía que una 4x4 con caja no es considerado automóvil. Yo entiendo que es un utilitario o bien de uso y así podría computarse todo el crédito fiscal y no habría tope en ganancia para la deducción de gastos y amortizaciones.
Que opinan, me gustaría saber sus opiniones.
Recién encontré el foro y me pareció muy útil.
Saludos cordiales a todos.
Me surgió una duda leyendo un articulo de thomson reuters: una persona inscripta en iva y ganancias, la cual quiere comprar una camioneta, hilux con caja y afectarla a su actividad, es contador asesor de varios productores agropecuarios. En la legislación de iva, se encuentra el tope de 20000 para deducir como crédito fiscal, y en ganancias también para la amortización y el tope de 7200 en gastos. Mi duda es que estos topes son correctos para automóvil (definido por la ley de transito art. 5 inc a), en el articulo decía que una 4x4 con caja no es considerado automóvil. Yo entiendo que es un utilitario o bien de uso y así podría computarse todo el crédito fiscal y no habría tope en ganancia para la deducción de gastos y amortizaciones.
Que opinan, me gustaría saber sus opiniones.
Recién encontré el foro y me pareció muy útil.
Saludos cordiales a todos.