Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
-
Estudio Contable GS
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Resolución General 3704 AFIP
Que atendiendo al objetivo de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones ï¬scales, resulta aconsejable disponer un nuevo plazo para permitir la utilización de los comprobantes impresos con anterioridad a las fechas de aplicación ï¬jadas en la Resolución General N° 3.665, respecto de los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS).Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos JurÃdicos, de Fiscalización, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los ArtÃculos 33 y 36 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modiï¬caciones, el ArtÃculo 48 del Decreto Nº 1.397 del 12 de junio de 1979 y sus modiï¬caciones, y el ArtÃculo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de1997, sus modiï¬catorios y sus complementarios.
Por ello,EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
ARTÃCULO 1º.- Los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al dÃa 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el ArtÃculo3° de la Resolución General N° 3.665. A los ï¬nes de lo previsto en el párrafo anterior, los responsables podrán emitir los comprobantes aludidos precedentemente, siempre que:
a) Cumplan con el deber de informar los datos de los citados comprobantes a esta Administración Federal, y
b) no hubieran utilizado talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General Nº 3.665.
A esos efectos, deberán ingresar al sitio “web†de este Organismo (http://www.aï¬p.gob.ar), al servicio denominado “Autorización de Impresión de Comprobantesâ€, opción “Régimen de Información de comprobantes en existenciaâ€, utilizando la respectiva “Clave Fiscal†habilitada con Nivel de Seguridad 2, como mÃnimo, obtenida de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 2.239, su modiï¬catoria y sus complementarias.
La aplicación informática para dar cumplimiento al ingreso de la información de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior se encontrará disponible únicamente a partir de la entrada en vigencia de la presente hasta el dÃa 31 de marzo de 2015, ambas fechas inclusive.
ARTÃCULO 2º.- Los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS) que a la fecha del dictado de la presente ya cuenten con talonarios impresos y no utilizados, o bien en proceso de impresión, bajo la modalidad establecida por la Resolución General Nº 3.665 y que además posean en existencia comprobantes en las condiciones previstas en el primer párrafo del artÃculo anterior, podrán continuar utilizando estos últimos hasta que se agote su existencia. En tal sentido, deberán dar cumplimiento asimismo al régimen de información previsto en el artÃculo
precedente.
ARTÃCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente, los responsables serán pasibles de las sanciones previstas en la LeyNº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modiï¬caciones, según corresponda.
ARTÃCULO 4º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oï¬cial.
ARTÃCULO 5º.- RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oï¬cial y archÃvese. RESOLUCIÓN GENERAL N°3704
TodavÃa no hay mayor info que esta.
Está la RG, pero faltará que habiliten los sistemas para poder hacer la carga de los datos vÃa Web de AFIP.
Cualquier duda, me consultan.
Que atendiendo al objetivo de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones ï¬scales, resulta aconsejable disponer un nuevo plazo para permitir la utilización de los comprobantes impresos con anterioridad a las fechas de aplicación ï¬jadas en la Resolución General N° 3.665, respecto de los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS).Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos JurÃdicos, de Fiscalización, de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los ArtÃculos 33 y 36 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modiï¬caciones, el ArtÃculo 48 del Decreto Nº 1.397 del 12 de junio de 1979 y sus modiï¬caciones, y el ArtÃculo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de1997, sus modiï¬catorios y sus complementarios.
Por ello,EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
ARTÃCULO 1º.- Los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al dÃa 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el ArtÃculo3° de la Resolución General N° 3.665. A los ï¬nes de lo previsto en el párrafo anterior, los responsables podrán emitir los comprobantes aludidos precedentemente, siempre que:
a) Cumplan con el deber de informar los datos de los citados comprobantes a esta Administración Federal, y
b) no hubieran utilizado talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General Nº 3.665.
A esos efectos, deberán ingresar al sitio “web†de este Organismo (http://www.aï¬p.gob.ar), al servicio denominado “Autorización de Impresión de Comprobantesâ€, opción “Régimen de Información de comprobantes en existenciaâ€, utilizando la respectiva “Clave Fiscal†habilitada con Nivel de Seguridad 2, como mÃnimo, obtenida de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N° 2.239, su modiï¬catoria y sus complementarias.
La aplicación informática para dar cumplimiento al ingreso de la información de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior se encontrará disponible únicamente a partir de la entrada en vigencia de la presente hasta el dÃa 31 de marzo de 2015, ambas fechas inclusive.
ARTÃCULO 2º.- Los sujetos adheridos al Régimen Simpliï¬cado para Pequeños Contribuyentes (RS) que a la fecha del dictado de la presente ya cuenten con talonarios impresos y no utilizados, o bien en proceso de impresión, bajo la modalidad establecida por la Resolución General Nº 3.665 y que además posean en existencia comprobantes en las condiciones previstas en el primer párrafo del artÃculo anterior, podrán continuar utilizando estos últimos hasta que se agote su existencia. En tal sentido, deberán dar cumplimiento asimismo al régimen de información previsto en el artÃculo
precedente.
ARTÃCULO 3º.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto en la presente, los responsables serán pasibles de las sanciones previstas en la LeyNº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modiï¬caciones, según corresponda.
ARTÃCULO 4º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del dÃa siguiente al de su publicación en el BoletÃn Oï¬cial.
ARTÃCULO 5º.- RegÃstrese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oï¬cial y archÃvese. RESOLUCIÓN GENERAL N°3704
TodavÃa no hay mayor info que esta.
Está la RG, pero faltará que habiliten los sistemas para poder hacer la carga de los datos vÃa Web de AFIP.
Cualquier duda, me consultan.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
-
Estudio Contable MEB
- Mensajes: 1546
- Registrado: Mar Jul 09, 2013 3:26 am
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: CABA
- Contactar:
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Bien, ahora el tema es cómo arreglan a los que hicieron como marcaba la ley y mandaron a imprimir talonarios nuevos teniendo viejos para no estar en falta; como siempre, la AFIP se desdice a sí misma…
Última edición por Estudio Contable MEB el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Marcelo Borra
Contador Publico (UBA)
Tomo 366 Folio 196 CPCECABA
Celular: 15-3768-9781
Web http://www.estudiocontablemeb.com.ar/
Email: info@estudiocontablemeb.com.ar
Link directo whatsapp: https://wa.me/message/LYBC42GWEQIIN1
Contador Publico (UBA)
Tomo 366 Folio 196 CPCECABA
Celular: 15-3768-9781
Web http://www.estudiocontablemeb.com.ar/
Email: info@estudiocontablemeb.com.ar
Link directo whatsapp: https://wa.me/message/LYBC42GWEQIIN1
-
Luna Galli
- Mensajes: 8
- Registrado: Jue Ago 21, 2014 12:36 pm
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
¡Ya era hora! El ente recaudador oficializó las obligaciones que deberán cumplir los contribuyentes que quieran utilizar sus antiguos talonarios antes de pasar al nuevo sistema vigente. Regirá hasta el 31 de marzo.
La AFIP anunció hoy en Boletín Oficial que los monotributistas que tengan facturas impresas con anterioridad al 1 de noviembre de 2014 podrán continuar utilizando esos talonarios (aun luego de enero) después de la implementación del nuevo sistema solo si:
1. informan los datos de los comprobantes ante la Administración Federal;
2. si no usaron talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General n.º 3.665 (lo que se podrá comprobar en la web de la AFIP);
3. y si ya cuentan con talonarios impresos y sin uso o bien, en proceso de impresión.
En la página web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar) podrá tanto comprobarse si los talonarios están habilitados como ingresar los números de las facturas viejas que el contribuyente piensa usar. Una vez que el usuario haya ingresado su clave fiscal, debe ir al apartado "Autorización de Impresión de Comprobantes" y allí hacer clic en la opción "Régimen de Información de comprobantes en existencia". La aplicación estará disponible hasta el 31 de marzo de este año.
En la Resolución 3704, el organismo aseguró que el objetivo es facilitarle a los contribuyentes y/o responsables "el cumplimiento de sus obligaciones fiscales", por lo que dispone un nuevo plazo para permitir la utilización de los comprobantes impresos a las fechas de aplicación fijadas en la Resolución General n.º 3.665, donde se estableció que los contribuyentes deberán imprimir facturas "C" del mismo modo que las facturas "A" y "B" de IVA inscriptos que incluirán un CAI con vencimiento.
La AFIP anunció hoy en Boletín Oficial que los monotributistas que tengan facturas impresas con anterioridad al 1 de noviembre de 2014 podrán continuar utilizando esos talonarios (aun luego de enero) después de la implementación del nuevo sistema solo si:
1. informan los datos de los comprobantes ante la Administración Federal;
2. si no usaron talonarios impresos conforme a lo previsto por la Resolución General n.º 3.665 (lo que se podrá comprobar en la web de la AFIP);
3. y si ya cuentan con talonarios impresos y sin uso o bien, en proceso de impresión.
En la página web de la AFIP (http://www.afip.gob.ar) podrá tanto comprobarse si los talonarios están habilitados como ingresar los números de las facturas viejas que el contribuyente piensa usar. Una vez que el usuario haya ingresado su clave fiscal, debe ir al apartado "Autorización de Impresión de Comprobantes" y allí hacer clic en la opción "Régimen de Información de comprobantes en existencia". La aplicación estará disponible hasta el 31 de marzo de este año.
En la Resolución 3704, el organismo aseguró que el objetivo es facilitarle a los contribuyentes y/o responsables "el cumplimiento de sus obligaciones fiscales", por lo que dispone un nuevo plazo para permitir la utilización de los comprobantes impresos a las fechas de aplicación fijadas en la Resolución General n.º 3.665, donde se estableció que los contribuyentes deberán imprimir facturas "C" del mismo modo que las facturas "A" y "B" de IVA inscriptos que incluirán un CAI con vencimiento.
Última edición por Luna Galli el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Hola, la RG no especifica a qué fecha se informan los comprobantes sin utilizar... Ej: ¿a 11/02/2015 informo los que están sin utilizar a hoy o lo estuvieron al 01/01/2015? Me parece que sería esta segunda opción... ¿Es así? Saludos
Etiquetas: RG comprobantes sin utilizar, informar comprobantes sin utilizar, fecha informe RG, Resolución General contable, comprobantes no utilizados, fechas información comprobantes
Etiquetas: RG comprobantes sin utilizar, informar comprobantes sin utilizar, fecha informe RG, Resolución General contable, comprobantes no utilizados, fechas información comprobantes
Última edición por pakisa el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
Estudio Contable GS
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Los no utilizados al 31/12/2014 inclusive. Por ende, los que se van a utilizar desde el 01/01/2015.
Todo tiene relación con la obligatoriedad de no poder emitir facturas "viejas" desde el 01/01/2015 y esas son las que se informan para seguir utilizando hasta su finalización.
Saludos.
Todo tiene relación con la obligatoriedad de no poder emitir facturas "viejas" desde el 01/01/2015 y esas son las que se informan para seguir utilizando hasta su finalización.
Saludos.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Gracias Gabriel!!Estudio Contable GS escribió:Los no utilizados al 31/12/2014 inclusive. Por ende, los que se van a utilizar desde el 01/01/2015.
Todo tiene relación con la obligatoriedad de no poder emitir facturas "viejas" desde el 01/01/2015 y esas son las que se informan para seguir utilizando hasta su finalización.
Saludos.
Última edición por pakisa el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
Invitado
Re: ¡Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotributistas.
Buen día...
Tengo una duda sobre si realizar o no la información de recepción de comprobantes nuevos.
El tema es así: Ni bien sale la RG 3665 solicito la impresión de comprobantes con CAI.
Luego sale la RG 3704 y entonces informo que voy a utilizar los viejos comprobantes.
Después de eso, me llegan los comprobantes desde la imprenta.
Entiendo que para poder seguir usando los viejos comprobantes no debo haber utilizado los nuevos. Pero, ¿qué hay de la información de recepción de comprobantes por parte de la imprenta?
La consulta es: ¿Informo la recepción de nuevos comprobantes o espero haber utilizado todos los viejos para informar la recepción?
Muchas gracias.
Etiquetas: AFIP RG 3665, AFIP RG 3704, Recepción comprobantes AFIP, Uso de comprobantes viejos, Comprobantes con CAI, Normativa AFIP facturación, Dudas facturación Argentina
Tengo una duda sobre si realizar o no la información de recepción de comprobantes nuevos.
El tema es así: Ni bien sale la RG 3665 solicito la impresión de comprobantes con CAI.
Luego sale la RG 3704 y entonces informo que voy a utilizar los viejos comprobantes.
Después de eso, me llegan los comprobantes desde la imprenta.
Entiendo que para poder seguir usando los viejos comprobantes no debo haber utilizado los nuevos. Pero, ¿qué hay de la información de recepción de comprobantes por parte de la imprenta?
La consulta es: ¿Informo la recepción de nuevos comprobantes o espero haber utilizado todos los viejos para informar la recepción?
Muchas gracias.
Etiquetas: AFIP RG 3665, AFIP RG 3704, Recepción comprobantes AFIP, Uso de comprobantes viejos, Comprobantes con CAI, Normativa AFIP facturación, Dudas facturación Argentina
Última edición por Invitado el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
Nicolás Porto
- Mensajes: 2
- Registrado: Vie Feb 20, 2015 8:16 am
- Es Contador Público?: SÃ
Re: ¡Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Buen día.
Tengo una duda sobre si realizar o no la información de recepción de comprobantes nuevos.
El tema es así: Ni bien sale la RG 3665, solicito la impresión de comprobantes con CAI.
Luego sale la RG 3704 y entonces informo que voy a utilizar los viejos comprobantes.
Después de eso, me llegan los comprobantes desde la imprenta.
Entiendo que para poder seguir usando los viejos comprobantes no debo haber utilizado los nuevos. Pero, ¿qué hay de la información de recepción de comprobantes por parte de la imprenta?
La consulta es: ¿Informo la recepción de nuevos comprobantes o espero haber utilizado todos los viejos para informar la recepción?
Muchas gracias.
Etiquetas: RG 3665, RG 3704, informar recepción comprobantes AFIP, comprobantes con CAI, uso comprobantes viejos, recepción comprobantes imprenta, convivencia comprobantes
Tengo una duda sobre si realizar o no la información de recepción de comprobantes nuevos.
El tema es así: Ni bien sale la RG 3665, solicito la impresión de comprobantes con CAI.
Luego sale la RG 3704 y entonces informo que voy a utilizar los viejos comprobantes.
Después de eso, me llegan los comprobantes desde la imprenta.
Entiendo que para poder seguir usando los viejos comprobantes no debo haber utilizado los nuevos. Pero, ¿qué hay de la información de recepción de comprobantes por parte de la imprenta?
La consulta es: ¿Informo la recepción de nuevos comprobantes o espero haber utilizado todos los viejos para informar la recepción?
Muchas gracias.
Etiquetas: RG 3665, RG 3704, informar recepción comprobantes AFIP, comprobantes con CAI, uso comprobantes viejos, recepción comprobantes imprenta, convivencia comprobantes
Última edición por Nicolás Porto el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
Estudio Contable GS
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
La recepción la tenés que informar porque los tenés en tu poder.
Aparte informás los comprobantes en existencia (si los vas a seguir usando) y cuando termines de usarlos, utilizarás los que ya imprimiste con CAI (si no se te vencieron antes).
saludos.
Aparte informás los comprobantes en existencia (si los vas a seguir usando) y cuando termines de usarlos, utilizarás los que ya imprimiste con CAI (si no se te vencieron antes).
saludos.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
-
Nicolás Porto
- Mensajes: 2
- Registrado: Vie Feb 20, 2015 8:16 am
- Es Contador Público?: SÃ
Re: Por fin! Salió la RG que estaban esperando los Monotrib
Muchas gracias Gabriel..
Última edición por Nicolás Porto el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1