Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI)

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julio5644
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Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI)

Mensaje por julio5644 »

Hola, quería consultarlos porque no vi ningún hilo sobre el tema. Tengo un cliente monotributista que ha vendido una explotación agrícola y al momento de escriturar se le retendrá dicho impuesto. Mi duda es si corresponde retener el 1,5% sobre el valor de venta como ITI o el 3% sobre el valor de venta como Imp. Ganancias.
Interpreto que al no ser una actividad habitual de mi cliente vender fincas (sí explotar la tierra) corresponde el 1,5% como ITI. Podrían corregirme si me equivoco, por favor.

Gracias.

Etiquetas: Monotributista venta explotación agrícola, ITI venta inmueble, Impuesto a las Ganancias venta inmueble, Retención ITI monotributista, Actividad habitual venta inmueble, Venta rural monotributista impuestos, Diferencia ITI Ganancias venta
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julio5644
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Re: Impuesto a la transferencia de inmuebles (ITI)

Mensaje por julio5644 »

Estimados, por si a alguien más le surge la misma duda:
En caso de tratarse de ventas de inmuebles por parte de personas físicas que no hacen habitualidad de esta operatoria, entran en el ámbito del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), que es un gravamen creado por la Ley 23.905.
Por lo tanto, se grava la venta con una tasa del 1,5% sobre el valor total de la operación.

Saludos.

Etiquetas: Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, ITI, venta de inmuebles personas físicas, ITI personas físicas, Ley 23.905, tasa ITI, habitualidad venta inmuebles
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daianacvs

Re: Impuesto a la transferencia de Inmuebles (ITI)

Mensaje por daianacvs »

Es correcto pero aparte siguiendo la teoria de la fuente en el impuesto a las ganancias no estaria gravada en dicho impuesto ya que la misma se extingue
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