registro de un bien comprado en otro ejercicio contable
registro de un bien comprado en otro ejercicio contable
hola tengo una consulta, la empresa compro un camion en el año 2008, pero no lo dio de alta, y quiere dar el alta en el ejercicio 2018 porque a partir del año que viene va a alquilar ese camion. quiero saber como hago para incorporarlo a la contabilidad. como seria el asiento.
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Re: registro de un bien comprado en otro ejercicio contable
Todos los balances anteriores fueron auditados y aprobados?
Nunca una observación con respecto al camión?
Tendrás que estudiar el impacto impositivo de la omisión de incorporar al patrimonio el camión...
Implica además rectificar DDJJ impositivas de los períodos no prescriptos.
Puede dar posible impuestos omitidos a pagar.
Nunca una observación con respecto al camión?
Tendrás que estudiar el impacto impositivo de la omisión de incorporar al patrimonio el camión...
Implica además rectificar DDJJ impositivas de los períodos no prescriptos.
Puede dar posible impuestos omitidos a pagar.
Contador Público U.B.A.
Matriculado en Ciudad de Buenos Aires - Provincia de Buenos Aires - Provincia de Misiones - Provincia de Corrientes
e-mail: contadordonofrio@gmail.com
whatsapp: 3764912191
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Re: registro de un bien comprado en otro ejercicio contable
segun mi experiencia ...tendrías que incorporarlo al activo , contra ajuste de ejercicio anteriores , la incógnita a que valor por que, por la fecha de compra ya estaría todo amortizado .
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Re: registro de un bien comprado en otro ejercicio contable
Estimado.
En este caso se trata lista y llanamente de una omisión en la exposición de los rubros del activo. Es importante considerar esto porque el AREA tiene una aplicación mas restringida de lo que habitualmente se cree.
En este sentido recientemente he publicado un artículo titulado “AJUSTE DE RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES – SU IMPACTO FISCAL” donde trato este tema. Puede ser consultado en http://www.sergiocarbone.com.ar/ajuste- ... iscal.html
En mi opinión el caso planteado presenta:
a.- Omisión en el activo. No es algo que se pueda / deba ajustar por AREA. Debería rectificarse el balance y verificar si corresponde modificar la opinión dada en ejercicios anteriores
b.- El auditor no tiene porque saber lo que le oculta el cliente. Si durante varios años fue el auditor y el cliente nunca le dio razones para sospechar que tenía otro rodado entonces nada puede hacer. Ahora bien, si hizo el trabajo como corresponde y verificó seguros pagados, patentes pagadas, etc donde apareciera un dominio del que no tuviera conocimiento o pudiera haber aparecido entonces ahí debería considerarse responsabilidad profesional según el impacto en el juego de Estados Contables.
Respecto de las declaraciones juradas fiscales no hay dudas de que:
a.- El incremento patrimonial ocurre hace 10 años
b.- No es un resultado del ejercicio.
Por lo expuesto, no debería existir impacto en este ejercicio. Lo que si se debe considerar es la amortización del rodado. Si este rodado estuvo parado durante 10 años entonces se debe iniciar el proceso de amortización a esta fecha. Si el rodado estuvo en funcionamiento entonces se debiera haber amortizado. En este último caso tenes la “suerte” de que estaría completamente amortizado y no distorsiona la información contable de los últimos 5 ejercicios que, a la postre y a los efectos de la prescripción fiscal, es lo que te interesa.
Espero haberte orientado
En este caso se trata lista y llanamente de una omisión en la exposición de los rubros del activo. Es importante considerar esto porque el AREA tiene una aplicación mas restringida de lo que habitualmente se cree.
En este sentido recientemente he publicado un artículo titulado “AJUSTE DE RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES – SU IMPACTO FISCAL” donde trato este tema. Puede ser consultado en http://www.sergiocarbone.com.ar/ajuste- ... iscal.html
En mi opinión el caso planteado presenta:
a.- Omisión en el activo. No es algo que se pueda / deba ajustar por AREA. Debería rectificarse el balance y verificar si corresponde modificar la opinión dada en ejercicios anteriores
b.- El auditor no tiene porque saber lo que le oculta el cliente. Si durante varios años fue el auditor y el cliente nunca le dio razones para sospechar que tenía otro rodado entonces nada puede hacer. Ahora bien, si hizo el trabajo como corresponde y verificó seguros pagados, patentes pagadas, etc donde apareciera un dominio del que no tuviera conocimiento o pudiera haber aparecido entonces ahí debería considerarse responsabilidad profesional según el impacto en el juego de Estados Contables.
Respecto de las declaraciones juradas fiscales no hay dudas de que:
a.- El incremento patrimonial ocurre hace 10 años
b.- No es un resultado del ejercicio.
Por lo expuesto, no debería existir impacto en este ejercicio. Lo que si se debe considerar es la amortización del rodado. Si este rodado estuvo parado durante 10 años entonces se debe iniciar el proceso de amortización a esta fecha. Si el rodado estuvo en funcionamiento entonces se debiera haber amortizado. En este último caso tenes la “suerte” de que estaría completamente amortizado y no distorsiona la información contable de los últimos 5 ejercicios que, a la postre y a los efectos de la prescripción fiscal, es lo que te interesa.
Espero haberte orientado
Dr. Sergio Carbone
Contador Publico (UBA)
www.sergiocarbone.com.ar
carbonesergio@gmail.com
Tel: 4362-9602
Cel: 15-6660-9889
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