Trading
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Hola, quiero hacer una consulta sobre cómo debería inscribirse una persona que quiere hacer trading (compra venta de activos financieros). No hay una categoría al respecto, monotributo no encuadra en el régimen, pero para el régimen general tampoco hay una actividad que lo defina. Entiendo que debería pagar ganancias de acuerdo al activo financiero invertido.
¿También se debería anotar en autónomo?
Bueno, si alguno tiene algún caso similar o me puede ayudar con este tema, sería de mucha ayuda. Desde ya, gracias por sus comentarios.
Etiquetas: inscripción fiscal trading, impuestos trading, trading activos financieros, monotributo trading, régimen general trading, impuesto ganancias activos financieros, autónomos trading
¿También se debería anotar en autónomo?
Bueno, si alguno tiene algún caso similar o me puede ayudar con este tema, sería de mucha ayuda. Desde ya, gracias por sus comentarios.
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Última edición por Marcoscs el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Trading
No entra en Monotributo por el Art. 1 DR.
Así que tenés que ser autónomo y Responsable Inscripto por Ganancias e IVA exento. (Salvo que cobres comisiones a terceros y aquí sí, IVA gravado).
Actividades financieras NCP.
Saludos.
Etiquetas: Monotributo, Autónomo, Responsable Inscripto, Impuesto a las Ganancias, IVA exento, IVA gravado, Actividades financieras, Comisiones
Así que tenés que ser autónomo y Responsable Inscripto por Ganancias e IVA exento. (Salvo que cobres comisiones a terceros y aquí sí, IVA gravado).
Actividades financieras NCP.
Saludos.
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Última edición por Lucrecio el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Trading
Gracias por la respuesta, está bien, ahí encontré el código de actividad, perfecto.
IVA sería responsable exento.
Y la duda con Ganancias, si solo tiene ganancias exentas, como puede ser la compraventa de acciones que cotizan en Bolsa Argentina, igualmente se tiene que dar de alta?
Etiquetas: código de actividad, IVA responsable exento, ganancias exentas, compraventa de acciones Bolsa Argentina, darse de alta impositiva, impuesto a las ganancias acciones
IVA sería responsable exento.
Y la duda con Ganancias, si solo tiene ganancias exentas, como puede ser la compraventa de acciones que cotizan en Bolsa Argentina, igualmente se tiene que dar de alta?
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Re: Trading
Se tiene que inscribir igual.
Porque se lo grava y luego se lo exime.
Además tendrá que informar ganancias exentas.
Etiquetas: Ganancias exentas, Inscripción fiscal, Impuestos exentos, Declaración ganancias exentas, Obligación de informar, Gravamen y exención, Exención impositiva
Porque se lo grava y luego se lo exime.
Además tendrá que informar ganancias exentas.
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