Buenas Noches Colegas, apelo a su mayor experiencia y conocimiento.Pues no estoy muy ducha en este tema. He leido, y entiendo lo siguiente:
Realicé una pericia laboral oportunamente, y el demandado entró en Concurso Preventivo. La Sentencia definitiva de Honorarios se aprobó y quedó firme posterior al concurso.
Para poder cobrar mis honorarios tengo que ir por via Incidente Tardio, porque el plazo para verificar vencio (quedo en el medio entre que entró en concurso y que salio la sentencia).
La consulta es: El credito a verificar, puede asimilarse a un Credito con Privilegio Especial art 241 y 242? y estaría encuadrado tambien en el art 56 6to parrafo? de la ley de concursos y quiebras.....
Desde ya gracias, espero sus comentarios.
INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
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Re: INCIDENTE DE VERIFICACION TARDIA
Si tus honorarios quedaron firmes despues de la apertura del concurso, es post-concursal y por lo tanto NO se verifica.
Se cobra como cualquier honorario.
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