Estimados, buenas tardes.
Por favor, realizo una consulta acerca de este tema.
Se presento una clienta, en carácter de empleada domestica, solicitándome información sobre los aportes jubilatorios. Les comento, esta empleada trabaja en negro hace 15 años y no se ha regularizado su relación laboral. Presta servicios 8 horas semanales aproximadamente. La consulta en si, es cuanto le corresponde por cargas sociales por este tiempo trabajado. Proporcionalmente serían esos 15 años por 12 meses, por el monto de las cargas (980) aproximadamente. Esto es correcto? O debo considerar mas por daños y perjuicios?
Gracias!
Jubilación empleada domestica
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Sergio Braida
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Re: Jubilación empleada domestica
Te parece que quien no haya recibido los aportes en tiempo y forma durante 15 años y deba acudir al reclamo judicial para resarcirse de lo no aportado oportunamente, no merece una actualización por el paso del tiempo y un resarcimiento por daños y perjuicios?
Sería conveniente que lo interconsultes con un Abogado si no manejás el tema de cómo actualizar deudas y asesorarla para realizar el reclamo correspondiente.
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: Jubilación empleada domestica
El tema reclamo judicial debes derivarlo a un abogado ya que por mas que hagas el calculo el abogado es el que debe efectuar el reclamo legal. Saludos.
Marcelo Borra
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Re: Jubilación empleada domestica
Sergio Braida escribió:Estimados, buenas tardes.
Por favor, realizo una consulta acerca de este tema.
Se presento una clienta, en carácter de empleada domestica, solicitándome información sobre los aportes jubilatorios. Les comento, esta empleada trabaja en negro hace 15 años y no se ha regularizado su relación laboral. Presta servicios 8 horas semanales aproximadamente. La consulta en si, es cuanto le corresponde por cargas sociales por este tiempo trabajado. Proporcionalmente serían esos 15 años por 12 meses, por el monto de las cargas (980) aproximadamente. Esto es correcto? O debo considerar mas por daños y perjuicios?
Gracias!
Lo correcto es que lo derives a un abogado laboralista. En un caso de empleo en negro, en primer lugar debe intimárselo al empleador al blanqueo. Debe probarse la relación laboral, etc. En primera instancia habrá seguramente una audiencia en el SECLO si es en capital.
Más allá de ello, y de su resultado, dependiendo de la edad que tenga esta señora, habría que ver si podría aprovechar la moratoria previsional que se encuentra vigente hasta el 23 de julio.
Todo sería cuestión de evaluar el caso particular. Porque el tema laboral, blanqueo y demás, lleva tiempos judiciales largos. Por eso deberías evaluar el caso concreto, pero más precisamente debe verlo un laboralista.
Saludos
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Re: Jubilación empleada domestica
El servicio domestico tiene una instancia de conciliación laboral especifica para la actividad. Si bien se pueden reclamar lamentablemente el trabajo en negro significa que el aporte no ingreso al sistema previsional y por mas que s haga una liquidación y la justicia ordene que se ingresen los aportes adeudados en la practica la posibilidad que esto suceda es prácticamente nula. AFIP no efectuar ninguna acción para que se cumpla con el pago de estas deudas.
Lo conveniente es que se asesore tanto con un abogado laboral para perseguir una indemnización como con un abogado previsional si la intención de obtener los aportes es con fines jubilatorios.
Saludos
http://www.estudiomma.com.ar
Lo conveniente es que se asesore tanto con un abogado laboral para perseguir una indemnización como con un abogado previsional si la intención de obtener los aportes es con fines jubilatorios.
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