Baja retroactiva

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APINEDO
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Baja retroactiva

Mensaje por APINEDO »

Buenas tardes, colegas. Tengo el siguiente caso:
Contribuyente inscrito en Régimen General, IVA y Autónomos que, desde 2005, no ejerce actividad y viene presentando en cero. Omitió el pago de autónomos y ahora le llega una intimación por los últimos diez años. Según vuestra experiencia, ¿existe alguna jurisprudencia para mencionar, ya que en la agencia se niegan a dar baja retroactiva y, como tiene las declaraciones presentadas, el sistema en línea no permite efectuarlas por ese medio?

Desde ya, les agradezco vuestras experiencias.

Cdora. Anabella Pinedo

Etiquetas: autónomos baja retroactiva, intimación autónomos, contribuyente inactivo, jurisprudencia autónomos, declaraciones en cero, deuda autónomos 10 años, régimen general inactividad
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Estudio Contable GS
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Re: Baja Retroactiva

Mensaje por Estudio Contable GS »

Si tenés DDJJ presentadas, no podés presentar baja retroactiva.

La única forma es si nunca se dio de alta en el resto de los impuestos (IVA y Ganancias).

Tenés la posibilidad de incluirlo en plan de pagos de 48 cuotas (por lo menos hasta el 31/12/2018) o bien comenzar a regularizar de ahora en adelante y el día que te lo reclamen, verás qué opción de pago se te ofrece en dicho momento.

La jurisprudencia va en tu contra. Está obligado a pagarlo y si no, tendría que haberse dado de baja en su momento si no trabajaba. No tenía sentido dejar de alta los impuestos y presentar mes a mes y no pagar Autónomos.

Durante 10 años, ¿de qué vivió si no tuvo ingresos?

Ojo con los consumos de tarjeta, los gastos de servicios públicos, medicina prepaga, etc., que puedan llegar a existir a su nombre.

Una cosa es "no tuvo actividad" y otra es "laburó siempre en negro y el fisco conoce ciertos gastos que puedan demostrar falta de facturación".

Saludos.

Etiquetas: baja retroactiva impuestos, plan de pagos AFIP, regularizar situación fiscal, deudas autónomos, gastos no declarados AFIP, obligaciones fiscales no cumplidas, jurisprudencia fiscal
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Re: Baja Retroactiva

Mensaje por Estudio Contable MEB »

Si ya lo intimaron mucho, no hay nada que hacer. Debería haberse dado de baja de todo en 2005 en vez de seguir activo. Tené en cuenta, como comenta Gabriel, el tema de los consumos y, si no tuvo recibos de sueldo ni nada, los gastos que haya tenido durante ese tiempo, porque no puede justificar si tuvo gastos desde 2005 hasta acá. Por la deuda, lo único que puede hacer es pagarla con el plan de 48 cuotas o no pagarla y saber que irá a judiciales.

Etiquetas: Baja AFIP, Deuda AFIP, Justificación de consumos AFIP, Plan de pagos AFIP, Ejecución fiscal AFIP, Monotributista inactivo, Intimación AFIP
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