Socios "Sociedad Ley N° 19.550 CapÃtulo I Sección IV"
Moderador: contadoria
Socios "Sociedad Ley N° 19.550 CapÃtulo I Sección IV"
Buenos dÃas. Tengo una inquietud respecto al encuadre que se le debe dar a los socios integrantes de una ex Sociedad de Hecho ahora denominadas "Sociedad Ley N° 19.550 CapÃtulo I Sección IV" tras la puesto en marcha del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.
Siendo la Sociedad Responsable Inscripta, ¿la totalidad de sus socios deben ser Autónomos? o solo el socio designado como administrador contribuye en forma
“obligatoria†al régimen previsional de “Autónomos†y el resto monotributistas? dado el Art. 23 Ley de Sociedades Generales.
Gracias, saludos!
Siendo la Sociedad Responsable Inscripta, ¿la totalidad de sus socios deben ser Autónomos? o solo el socio designado como administrador contribuye en forma
“obligatoria†al régimen previsional de “Autónomos†y el resto monotributistas? dado el Art. 23 Ley de Sociedades Generales.
Gracias, saludos!
Re: Socios "Sociedad Ley N° 19.550 CapÃtulo I Sección IV"
Buenas tardes!!
esta duda me surge a partir de una capacitación que asistà en el CPCE-cba en el mes de Abril: "SOCIEDADES DE LA SECCION IV LEY GENERAL DE SOCIEDADES-Ex de Hecho e Irregulares-Régimen vigente. Implicancias" en la cual afirmaron tal posibilidad e incluso en una de sus filminas expresa: Sólo el socio administrador contribuye en forma “obligatoria†al régimen previsional de “Autónomosâ€.
Saludos!
esta duda me surge a partir de una capacitación que asistà en el CPCE-cba en el mes de Abril: "SOCIEDADES DE LA SECCION IV LEY GENERAL DE SOCIEDADES-Ex de Hecho e Irregulares-Régimen vigente. Implicancias" en la cual afirmaron tal posibilidad e incluso en una de sus filminas expresa: Sólo el socio administrador contribuye en forma “obligatoria†al régimen previsional de “Autónomosâ€.
Saludos!