La Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires condenó a dos años de prisión en suspenso a tres personas responsables de dos sociedades, que habÃan sido denunciadas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) por haber omitido depositar retenciones realizadas en sus pagos a terceros.
Se trata de dos sentencias de esta última semana que se constituyen en las primeras condenas en el paÃs por la aplicación de la Ley Penal Tributaria a un impuesto local (en el caso, retenciones de ingresos brutos practicadas y no ingresadas), y luego de que la reforma introducida a finales de 2011 que extendió el marco penal a la protección de las rentas de las provincias y la ciudad de Buenos Aires.
En este caso, los titulares de los juzgados 20 y 28, en procesos de juicio abreviado, encontraron a los imputados como autores penalmente responsables del delito de apropiación indebida de tributos.
En su investigación, los representantes del Ministerio Público Fiscal comprobaron que las empresas tenÃan sobrada capacidad económica financiera para depositar las retenciones efectuadas a terceros, a pesar de lo cual no cumplieron con dicha obligación.
Las figuras comprendidas dentro de la Ley Penal Tributaria actualmente vigente alcanzan a personas fÃsicas o jurÃdicas que hayan afectado dolosamente la renta de la Nación, de las provincias y de la ciudad de Buenos Aires. A la fecha, el fisco porteño tiene en marcha 119 casos en 86 causas que involucran irregularidades en el pago de Ingresos Brutos, retenciones o percepciones, por un monto de aproximadamente $25 millones.
La acción de este fuero persigue la sanción penal del ilÃcito cometido y no el recupero de las deudas, que se tramita en paralelo en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad. La mayor parte de las denuncias involucran a empresas que, siendo agentes de recaudación, han practicado las retenciones y no las han ingresado al fisco local en el plazo que establece la ley.
Los agentes de recaudación deben retener una suma en concepto de impuesto a cuenta que paga el retenido, y por ello es que luego deben ingresarlo al fisco en los plazos establecidos.
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