Ganancias y tablita Kicillof: cómo quedan ahora los "nuevos" empleados frente al pago del impuesto,
Pese a que pasaron más de dos semanas de la publicación de la resolución general 3.770 -que trajo un "alivio" a los empleados que pagan el Impuesto a las Ganancias-, muchas son las dudas que persisten sobre su aplicación.
En efecto, los foros de profesionales se llenaron de consultas y los asesores no paran de recibir llamados para aclarar cómo quedó la situación de aquellos dependientes que se incorporaron a las empresas con posterioridad a septiembre de 2013.Ocurre que el artículo 5 de la reciente resolución establece que, en caso de que los empleados no hayan realizado tareas entre enero y agosto de 2013, deben observar la remuneración obtenida desde el 1 de enero de 2015.Esta norma complementa al decreto 1.242 -que fue firmado en agosto de 2013 por la presidenta Cristina Kirchner-, que fijó la situación de contribuyente de cada dependiente en base a los ingresos obtenidos en ese período -que va de enero a agosto de 2013 y que es considerado base-. Así, si su primer sueldo era inferior a $15.000 brutos, queda eximido del pago; mientras que si se encontraba entre los $15.000 y $25.000 brutos hoy tiene un doble beneficio: un incremento del 20% en las deducciones de ley al que deben adicionarle otro porcentaje en proporción a su remuneración (en base a la flamante "tablita Kicillof").Esto no sería un problema, de no ser que al momento de la oficialización de aquel decreto, el organismo de recaudación emitió la resolución general 3.525 que fijaba que lo que hay que considerar era el primer sueldo, sin importar los ingresos posteriores.Las dudas, precisamente, giran en torno a este tema: ¿qué sucede cuando un empleado inició sus actividades entre septiembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014? Más concretamente, ¿qué sueldo hay que considerar como parámetro para definir si debe o no pagar el impuesto: el de 2015 o el anterior? El interrogante no es menor, ya que considerar una u otra remuneración puede implicar que un dependiente que estaba eximido pierda este beneficio y pase al grupo de trabajadores que afrontan el gravamen.Por caso, si una persona ingresó en septiembre de 2013 con un sueldo de $14.000 brutos y en 2014 consiguió un aumento del 30%, su salario al 1 de enero de 2015 sería de $18.200 brutos. Considerando la resolución 3.525, esta persona no tendría que pagar Ganancias. Por el contrario, si se tienepresente la resolución 3.770, las cosas cambia rotundamente ya que debería empezar a tributar.Los especialistas consultados por iProfesional hicieron un análisis de la situación y dieron algunas pautas a tener en cuenta para resolverla sin mayores sobresaltos.Lo más beneficioso para el empleado
Mario Volman, socio de Kaplan, Volman & Asociados, explicó que "lo que hay que hacer en estos casos es considerar la situación más beneficiosa para los empleados involucrados, ya que eso es lo que ha transmitido la AFIP en el Consejo Consultivo celebrado recientemente".De esta manera, si el dependiente hubiese comenzado a trabajar a partir septiembre de 2013 y hubiese cobrado menos de $15.000 brutos, quedará eximido del pago del impuesto, sin importar que los ingresos obtenidos durante el 2015 hayan sido superiores.Por el contrario, si ese mismo asalariado hubiese obtenido $18.000 brutos (y, por ende, estaría obligado al pago del gravamen) y a partir de este año -ante un cambio de empleo- sus remuneraciones estuvieron por debajo de los $15.000 brutos, pasaría a quedar exento.Al respecto, el especialista aclaró que "a estas conclusiones arribamos del análisis de las resoluciones generales 3.525 y 3.770, más el cuadro preparado por la AFIP y publicado en su página web".El cuadro al que hace referencia el experto es el siguiente (al que se puede acceder haciendo click aquí):
Por su parte, Mario Buedo, socio del estudio Montero & Asociados, sostuvo que "aun cuando es difícil hablar de interpretación coherente, resulta lógico pensar que el objetivo del decreto 1.242 fue discontinuar la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre aquellos ingresos inferiores a $15.000, y atenuar la carga tributaria sobre los comprendidos en la franja de entre $15.000 y $25.000 brutos".Para el especialista, "no resultaría entonces razonable que, además de haber mediado por lo menos un 40% de inflación desde la vigencia del decreto original, se modifique el estatus tributario de las dos franjas de ingresos mencionadas". "Lo más lógico para mantener los objetivos del decreto 1.242 sería proyectar sobre los montos originales la incidencia de la inflación y establecer nuevos parámetros a partir del 1 de enero de 2015, de ser así -por ejemplo- no se pagaría impuesto por ingresos hasta $21.000 y el rango atenuado sería entre los $21.000 y los $35.000 brutos", concluyó.Otro de los especialistas consultados fue Gustavo Carreño, miembro del estudio Scalone & Asociados, quien sostuvo que "una interpretación literal del artículo 5 de la resolución 3770 nos lleva a considerar que cuando un sujeto inicie actividades a partir de septiembre 2013, su situación debe determinarse según la mayor remuneración percibida a partir del 1 de enero de 2015". "Entonces, podría ocurrir que un sujeto que no pagaba Ganancias porque en septiembre de 2013 comenzó percibiendo un sueldo por debajo de $15.000, hoy tenga que hacerlo porque desde enero de 2015 se encuentra por encima de dicho monto", indicó.Sin embargo, Carreño resaltó que "parecería que esa no es la interpretación que está realizando el fisco en los distintos cuadros que ha publicado en su página de Internet". Además, para el experto dicha interpretación no sería compatible con el espíritu de la resolución 3.770 que, según sus considerandos, busca implementar medidas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los trabajadores. "Por lo tanto, debería propender a reducir la carga impositiva y no a aumentarla", puntualizó.Y añadió: "Como la resolución general 3.525 no ha sido derogada, sino complementada, una interpretación coherente y que no deje en pugna a ambas disposiciones es considerar que el artículo 5 de la nueva norma sólo sería aplicable para aquellos sujetos que comenzaron su actividad con posterioridad a septiembre de 2013 con un sueldo por arriba de los $25.000, pero que por algún motivo, como puede ser un cambio de empleo, a partir del 1 de enero de 2015 perciben un ingreso por debajo de dicho monto". "Esta sería la interpretación que estaría realizando el fisco y la que mejor se alinearía con el principio de igualdad, aun cuando sabemos que dicho principio está siendo descuidado en muchos otros puntos", concluyó el especialista.Un cambio necesario
Los expertos consultados también insistieron en la idea de realizar un cambio más profundo, debido a que la situación actual genera un conflicto legal y hasta termina perjudicando las arcas del Estado.Al menos así lo manifestó Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, quien resaltó que "estamos hablando de una norma que no respeta ni al propio principio de legalidad que debe primar en materia tributaria ni al de equidad que enaltece la existencia de la capacidad contributiva a la hora de establecer quiénes pagan y quiénes no".Según la visión del especialista, la resolución general 3.770 contradice a:
• La Constitución Nacional.
• La Ley del Impuesto a las Ganancias.
• El Decreto Reglamentario de la Ley del Impuesto a las Ganancias.
• El decreto 1242/2013.
• La resolución general 3525.
"Es tan increíble la situación planteada que hoy los agentes de retención que actúan en tal carácter por tratarse de empleadores deben decidir qué norma incumplir ante las distintas situaciones de sus empleados", remarcó.Más allá de esta situación, Volman bregó por establecer nuevas deducciones personales generalizadas, que se apliquen a todos los empleados y trabajadores autónomos, ya que "sería más transparente y hasta beneficioso para el mismo fisco nacional". "Estas situaciones son complejas tanto para las empresas, sus asesores y hasta para los propios inspectores de la AFIP. La cuestión se profundizará con el paso del tiempo cuando en un par de años se intenten revisar los criterios de retención utilizados en este primer semestre del 2015", resaltó el experto.En este sentido, explicó que en la actualidad, por ejemplo, están subjetivamente exentos aquellos empleados que ganaron menos de $15.000 entre enero y agosto de 2013, pese a que en la actualidad obtengan ingresos de $50.000, $80.000 o $100.000 mensuales. "Lo que no es justo para la sociedad en su conjunto", concluyó.
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Ganancias y tablita Kicillof: cómo quedan ahora los "nuevos"
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Re: Ganancias y tablita Kicillof: cómo quedan ahora los "nue
Tengo una contradicción: El art 2 y 3 de la RG 3.770:
Art. 2 - La condición del sujeto beneficiario, con relación a las retribuciones percibidas a partir del
1 de enero de 2015, inclusive, se determinará en base a la mayor de las remuneraciones y/o
haberes mensuales devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aun
cuando hubiere mediado un cambio de empleador, conforme el procedimiento establecido en el
artículo siguiente.
Art. 3 - Conforme lo establecido en la resolución general (AFIP) 3525, para la determinación de los
importes referidos en el artículo anterior y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones
mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a
conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis (6) meses del período al
que se hace referencia en dicho artículo.
Yo de Enero a Julio 2013 tuve dos empleadores consecutivos distintos y mis remuneraciones eran por debajo de los $15.000
En 01/2014 empiezo una nueva relación laboral que esta entre los $15.000 y $25.000, con lo cual si me baso en estos artículos no debería ser sujeto de retención por el decreto 1242/2013 que ganaba menos de $15.000 en 2013 ya que dice que no importa que medie un cambio de empleador (hasta el mes pasado no me retenian) y a partir de este mes si.
Pero si leo el art 5 de la RG 3.770 :
Art. 5 - Cuando se trate de inicio de actividades (relación de dependencia) y/o cobro de haberes
(previsionales) a partir del mes de setiembre de 2013, la condición del sujeto beneficiario de las
rentas frente al régimen se determinará en función a la mayor remuneración y/o haber mensual,
normal y habitual en los términos del artículo 3 de la presente resolución general, percibidas a
partir del 1 de enero de 2015. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá
mensualizarse el importe percibido.
Nose si tomar mi relación laboral como un inicio de actividad y tener en cuenta el sueldo de 01/2015 y ahí si seria sujeto pasible de retención.
Perdón mi confusión, y si es una pregunta tonta y básica pero no le puedo encontrar la lógica que alguien que trabaja conmigo y gana mas que yo por haber entrado unos meses antes no le retengan ganancias y a mi si.
Gracias!
Art. 2 - La condición del sujeto beneficiario, con relación a las retribuciones percibidas a partir del
1 de enero de 2015, inclusive, se determinará en base a la mayor de las remuneraciones y/o
haberes mensuales devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aun
cuando hubiere mediado un cambio de empleador, conforme el procedimiento establecido en el
artículo siguiente.
Art. 3 - Conforme lo establecido en la resolución general (AFIP) 3525, para la determinación de los
importes referidos en el artículo anterior y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones
mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a
conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis (6) meses del período al
que se hace referencia en dicho artículo.
Yo de Enero a Julio 2013 tuve dos empleadores consecutivos distintos y mis remuneraciones eran por debajo de los $15.000
En 01/2014 empiezo una nueva relación laboral que esta entre los $15.000 y $25.000, con lo cual si me baso en estos artículos no debería ser sujeto de retención por el decreto 1242/2013 que ganaba menos de $15.000 en 2013 ya que dice que no importa que medie un cambio de empleador (hasta el mes pasado no me retenian) y a partir de este mes si.
Pero si leo el art 5 de la RG 3.770 :
Art. 5 - Cuando se trate de inicio de actividades (relación de dependencia) y/o cobro de haberes
(previsionales) a partir del mes de setiembre de 2013, la condición del sujeto beneficiario de las
rentas frente al régimen se determinará en función a la mayor remuneración y/o haber mensual,
normal y habitual en los términos del artículo 3 de la presente resolución general, percibidas a
partir del 1 de enero de 2015. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá
mensualizarse el importe percibido.
Nose si tomar mi relación laboral como un inicio de actividad y tener en cuenta el sueldo de 01/2015 y ahí si seria sujeto pasible de retención.
Perdón mi confusión, y si es una pregunta tonta y básica pero no le puedo encontrar la lógica que alguien que trabaja conmigo y gana mas que yo por haber entrado unos meses antes no le retengan ganancias y a mi si.
Gracias!