Liquidación de sueldos de empleados tercerizados
Liquidación de sueldos de empleados tercerizados
Tengo un cliente que es electricista de obra, tiene 3 empleados a su cargo. Ahora bien, la empresa que está a cargo de la obra (que lo contrata) no le provee los materiales para trabajar, con lo cual 20 días del mes no puede trabajar. ¿Debe pagarles el empleador electricista a sus empleados la totalidad del mes aunque no hayan podido trabajar, o les paga los 10 días que trabajaron, teniendo en cuenta que no es culpa del empleador el no haber podido trabajar, sino de la empresa contratista? Desde ya, muchas gracias.
Etiquetas: Salario días no trabajados, Responsabilidad empleador falta de tareas, Obligaciones laborales contratista, Cálculo de nómina interrupción laboral, Pago de salarios por falta de materiales, Derecho laboral construcción, Electricista de obra empleados
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Última edición por Jast el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Estudio Contable GS
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Re: Liquidación de sueldos de empleados tercerizados
Todo dependerá del contrato que firmo con la empresa contratista.
A primera vista, los empleados, si los tenés a cargo, sos vos el "dador de trabajo" y la responsabilidad de contar con los elementos no es imputable a la falta de trabajo del empleado.
Fijate el contrato para ver quién debería hacerse cargo de la situación.
Saludos.
Etiquetas: contrato empresa contratista, responsabilidad laboral, dador de trabajo, obligaciones contractuales, gestión de contratos, relación laboral
A primera vista, los empleados, si los tenés a cargo, sos vos el "dador de trabajo" y la responsabilidad de contar con los elementos no es imputable a la falta de trabajo del empleado.
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Gabriel Sequino
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Re: Liquidación de Sueldos de Empleados Tercerizados
Como dice Gabriel, fíjate qué dice el contrato, pero si nada dice, el encargado de proveerle todo y pagar los días restantes es el electricista. Después, si el contrato aclara algo, ahí ya guíate por lo que dice el mismo.
Etiquetas: contrato de servicios, responsabilidad contractual, obligaciones de pago, provisión de materiales, cláusulas contractuales, acuerdos comerciales, costos de servicios, trabajos de electricista
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Marcelo Borra
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Eduardo
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Re: Liquidación de Sueldos de Empleados Tercerizados
¿Puede el contratante subrogar (legal o convencional) la deuda con los empleados, siendo que no está obligado como deudor directo (el deudor directo de los sueldos es el contratista) y que además hizo efectivo el pago?Jast escribió:Tengo un cliente que es electricista de obra, tiene 3 empleados a su cargo. Ahora bien, la empresa que está a cargo de la obra (que lo contrata) no le provee los materiales para trabajar, con lo cual 20 días del mes no puede trabajar. Debe pagarles el empleador electricista a sus empleados la totalidad del mes aunque no hayan podido trabajar o les paga los 10 días que trabajaron, teniendo en cuenta que no es culpa del empleador el no haber podido trabajar sino de la empresa contratista. Desde ya, muchas gracias
Saludos.
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