Si la baja fue de Oficio, vas a tener que cancelar la deuda antes.
Si la baja fue por Cese, tendrÃas que probar si el sistema te permite y sino, tendrÃas que adherirla a un plan de pagos o si es muy grande, esperar que se reglamente el blanqueo o adherirla ahÃ.
Saludos.
Consulta por deuda y baja
-
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: Consulta por deuda y baja
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Re: Consulta por deuda y baja
El cese se puede gestionar por sistema, aún con deuda. Si existe una deuda y baja automática, se puede hacer un plan de pagos, luego realizar la reincripción nuevamente (no hace falta pagar el plan, solo presentarlo y esperar 48 hs.)lili escribió:Consutla ... es el caso de un cliente que se dio de baja (por cese de actividad) en dicembre 2015, ahora quiere retomar la actividad por lo tanto darse de alta, la duda es que cuando se dio de baja en diciembre 2015 registraba deuda, es posible dar de baja si el contribuyente tiene deuda??y entiedno que ahora deberia regularizar esa deuda para poder adherirse nuevamente. Es correcto?
Gracias!