A fin de dejar en claro cuál es el tratamiento impositivo actual de la renta financiera, Mario Volman, socio del Estudio Kaplan, Volman & Asociados detalló los aspectos que gozan actualmente de la liberalidad, siempre que se trate de una persona fÃsica. De ser una empresa, se encuentran alcanzados.
La siguiente infografÃa actualizada permite ver el detalle de los mismos:
En primer término, los intereses obtenidos por un plazo fijo o por depósitos en cajas de ahorro –ya sean en dólares o en pesos- se encuentran exentos en Ganancias.
Igual situación se da con la renta de los tÃtulos públicos, tanto en moneda local como extranjera.
También están eximidos del pago del tributo los cupones de obligaciones negociables con oferta pública y los cupones de valores representativos de deuda de fideicomisos financieros.
En tanto, las diferencias de cambio generadas por las operaciones de compraventa de divisas no están alcanzadas por el impuesto.
Asimismo, un apartado interesante refiere a la compraventa de acciones. Si los tÃtulos valores cotizan en bolsa, la ganancia se encuentra exenta del pago del tributo. Por el contrario, si no cotizan en bolsa, la utilidad se encuentra gravada.Â
Por último, la compraventa ocasional de acciones (es decir, aquellas transacciones que no forman parte de las efectuadas por un operador habitual) se encuentra alcanzada por Ganancias. Esta fue la última modificación respecto a la renta financiera.
"Hay acciones que cotizan en el Merval que están emitidas en el exterior y por el mero hecho de cotizar en mercados del paÃs regulados por la Comisión Nacional de Valores, el resultado de compraventa no paga Ganancias (Tenaris, Repsol YPF de España, Banco Santander España, Telefónica España y Petrobras de Brasil)", agregó Mario Volman.
Powered By WizardRSS.com | Full Text RSS Feed,
