muchos movimientos en cuenta corriente
-
elprestador
- Mensajes: 1
- Registrado: Mar Ene 28, 2014 10:37 pm
muchos movimientos en cuenta corriente
Hola, tengo muchos movimientos en ventas con tarjeta de crédito, pero lo que vendo no tiene factura. ¿Qué me aconsejan? 
Última edición por elprestador el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
-
Estudio Contable GS
- Mensajes: 2313
- Registrado: Lun Dic 09, 2013 5:21 pm
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: Ramos MejÃa
- Contactar:
Re: muchos movimientos en cuenta corriente
Si vendés con Tarjeta, tenés que facturarlo.
Quien te haga un reclamo ante AFIP por no entregar factura, y presente como prueba el ticket de la Tarjeta, estás sujeto a clausura.
Si no tenés asesoramiento profesional, te recomiendo que te busques uno, para no hacer macanas.
Cualquier duda podés contactarme.
Un saludo.
Quien te haga un reclamo ante AFIP por no entregar factura, y presente como prueba el ticket de la Tarjeta, estás sujeto a clausura.
Si no tenés asesoramiento profesional, te recomiendo que te busques uno, para no hacer macanas.
Cualquier duda podés contactarme.
Un saludo.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
- walter
- Mensajes: 74
- Registrado: Vie Nov 08, 2013 1:11 am
- Es Contador Público?: SÃ
- Ubicación: San Justo
Re: muchos movimientos en cuenta corriente
El dÃa que tengas una inspección y tengan que comprobar tus ventas y no tengas la documentación correspondiente te van a caber las multas del la Ley Nº 26044/2005:
ARTICULO 40 - Serán sancionados con multa de TRESCIENTOS PESOS ($ 300) a TREINTA MIL PESOS ($ 30.000) y clausura de TRES (3) a DIEZ (10) dÃas del establecimiento, local, oficina, recinto comercial, industrial, agropecuario o de prestación de servicios, siempre que el valor de los bienes y/o servicios de que se trate exceda de DIEZ PESOS ($ 10), quienes:
a) No entregaren o no emitieren facturas o comprobantes equivalentes por una o más operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que realicen en las formas, requisitos y condiciones que establezca la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
Tene cuidado y mejor busca asesoramiento.
Saludos.
ARTICULO 40 - Serán sancionados con multa de TRESCIENTOS PESOS ($ 300) a TREINTA MIL PESOS ($ 30.000) y clausura de TRES (3) a DIEZ (10) dÃas del establecimiento, local, oficina, recinto comercial, industrial, agropecuario o de prestación de servicios, siempre que el valor de los bienes y/o servicios de que se trate exceda de DIEZ PESOS ($ 10), quienes:
a) No entregaren o no emitieren facturas o comprobantes equivalentes por una o más operaciones comerciales, industriales, agropecuarias o de prestación de servicios que realicen en las formas, requisitos y condiciones que establezca la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.
Tene cuidado y mejor busca asesoramiento.
Saludos.
Última edición por walter el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Razón: BOT_CORRECTED_V1
Walter (UNLaM)
kwk@outlook.com.ar
kwk@outlook.com.ar