Alquiler pago total del contrato (normativa?)
Moderador: contadoria
Alquiler pago total del contrato (normativa?)
Hola!
Es la primera vez que escribo. Estoy trabajando en un estudio pero tengo algunas consultas particulares como para empezar por mi cuenta y no me dá preguntar ahÃ
Tengo una cliente (monotributista, cat. E loc. de servicios) que va a alquilar una propiedad. El tema es que le ofrecen pagarle el total de la suma del alquiler de los 2 años en un solo pago al contado. Obviamente que ese pago excederÃa su categorÃa actual, pero si mensualizamos ese pago no la excederÃa (es un pago de 2 años en 1 solo año...).
No pude encontrar ninguna normativa sobre este tipo de caso (sà de alquileres en general) y no sé bien por donde encarar. ¿La única opción es recategorizarse por este año para cubrir ese diferencial?
No le quiero recomendar que guarde el dinero y se lo vaya facturando al futuro inquilino porque eso también la perjudicarÃa en las inversiones que podrÃa realizar...
Uds. quer recomiendan?
Es la primera vez que escribo. Estoy trabajando en un estudio pero tengo algunas consultas particulares como para empezar por mi cuenta y no me dá preguntar ahÃ

Tengo una cliente (monotributista, cat. E loc. de servicios) que va a alquilar una propiedad. El tema es que le ofrecen pagarle el total de la suma del alquiler de los 2 años en un solo pago al contado. Obviamente que ese pago excederÃa su categorÃa actual, pero si mensualizamos ese pago no la excederÃa (es un pago de 2 años en 1 solo año...).
No pude encontrar ninguna normativa sobre este tipo de caso (sà de alquileres en general) y no sé bien por donde encarar. ¿La única opción es recategorizarse por este año para cubrir ese diferencial?
No le quiero recomendar que guarde el dinero y se lo vaya facturando al futuro inquilino porque eso también la perjudicarÃa en las inversiones que podrÃa realizar...
Uds. quer recomiendan?
Re: Alquiler pago total del contrato (normativa?)
Estimado:
Te recuerdo que uno de los parámetros para recategorizarse son los ingresos brutos devengados. Por lo tanto, vos debes tomar el plazo de duración del contrato y devengar el monto que va a cobrar durante ese plazo asignando los ingresos por el alquiler a cada mes independientemente de que lo haya cobrado o no. El art. 9 del Decreto 1/2010 te define a los ingresos brutos.
Te recuerdo que uno de los parámetros para recategorizarse son los ingresos brutos devengados. Por lo tanto, vos debes tomar el plazo de duración del contrato y devengar el monto que va a cobrar durante ese plazo asignando los ingresos por el alquiler a cada mes independientemente de que lo haya cobrado o no. El art. 9 del Decreto 1/2010 te define a los ingresos brutos.
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- Mensajes: 134
- Registrado: Mar Jul 07, 2015 4:01 pm
- Es Contador Público?: SÃ
Re: Alquiler pago total del contrato (normativa?)
Estimado:
Para recategorizar hay que considerar (entre otros parámetros) los ingresos brutos devengados (facturados) y acumulados en los 12 meses inmediatos anteriores (al mes de recategorización); ésto es ley 26.565 - artÃculo 9.
Saludos.
Para recategorizar hay que considerar (entre otros parámetros) los ingresos brutos devengados (facturados) y acumulados en los 12 meses inmediatos anteriores (al mes de recategorización); ésto es ley 26.565 - artÃculo 9.
Saludos.
ESTUDIO SOMENZINI
Contador Público Nacional (UNRC)
Lic. Administración Empresas (UNRC)
e-mail: edsomenzini@hotmail.com
Contador Público Nacional (UNRC)
Lic. Administración Empresas (UNRC)
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