Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias retenidas
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ngw1985
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones y ganancias retenidas
Buen día. Durante el año 2014 y lo que va del 2015 me retuvieron mal ganancias, dado que entre enero y agosto de 2013 ganaba menos de $15.000, por lo cual estaba exento y no lo sabía.
¿Cómo debo proceder para que me devuelvan el importe mal retenido durante estos 15 meses?
Muchas gracias.
Nicolas
Etiquetas: retención de ganancias mal aplicada, devolución retenciones ganancias, impuesto a las ganancias exento, cómo reclamar retenciones, recuperar retenciones indebidas, procedimiento devolución ganancias
¿Cómo debo proceder para que me devuelvan el importe mal retenido durante estos 15 meses?
Muchas gracias.
Nicolas
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Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias reteni
Es el mismo empleador desde enero 2013 hasta ahora?
Cambiaste de empleador?
Si te interesa, podés contactarme por privado para seguir el caso más detalladamente, dado que no se dan asesoramientos particulares por el foro público.
Saludos.
Cambiaste de empleador?
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Gabriel Sequino
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ngw1985
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones > ganancias retenidas
Cambie de empleador el 2/1/2014.
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Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones > ganancias retenidas
Y no te solicitaron la información sobre tus Ingresos Brutos obtenidos durante Enero a Agosto 2013? No te pidieron la DDJJ de Ganancias.
Podés hacer el reclamo a tu empleador dado que la retención es erronea (ojo, estoy basando mi comentario en base a tus datos dado que no và papel alguno donde pueda aseverar lo que digo).
Recientemente hubo un fallo por empleados de empresas de Autopartistas, donde el empleador retuvo erroneamente y la justicia los obliga a devolver lo retenido injustamente.
Si te interesa un asesoramiento particular, podés contactarte con mi Estudio Contable.
Saludos.
Etiquetas: Ingresos Brutos, DDJJ Ganancias, retención errónea, reclamo empleador, fallo judicial retención, devolución retenciones, estudio contable
Podés hacer el reclamo a tu empleador dado que la retención es erronea (ojo, estoy basando mi comentario en base a tus datos dado que no và papel alguno donde pueda aseverar lo que digo).
Recientemente hubo un fallo por empleados de empresas de Autopartistas, donde el empleador retuvo erroneamente y la justicia los obliga a devolver lo retenido injustamente.
Si te interesa un asesoramiento particular, podés contactarte con mi Estudio Contable.
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ngw
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones > ganancias retenidas
Mi consulta es aún más compleja, yo durante el 2013 gané menos de 15000. El 2/1/2014 cambié de empleo y mi nuevo empleador comenzó a retenerme ganancias; cuando me enteré que por lo que ganaba no debería pagar, le entregué los recibos a mi nuevo empleador y lo que me retuvieron del 2015 me lo devolvieron. El problema es que no me puede devolver 2014, o eso dice, ya que es un periodo cerrado. Me comentan de AFIP que tengo que cargar ganancias de 2014, sinceramente me lo carga mi padre, y esto generará un saldo a favor. Cuando pruebo por mis aplicaciones web, esto no es así; me queda neteado como que lo que pagué está bien. A pesar de clickear "sí" en que gané menos de 15000.
¿Alguien sabe cómo hay que proceder?
Etiquetas: Retenciones Ganancias 2014, Devolución Retenciones AFIP, Período Cerrado Ganancias, Carga Ganancias AFIP, Saldo a Favor Ganancias, Mínimo No Imponible, Aplicaciones Web AFIP
¿Alguien sabe cómo hay que proceder?
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Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>ganancias retenidas
Tu consulta no es compleja. La resolución tampoco.
Si podés demostrar que, al haber cambiado de empleador, entregaste en tiempo y forma (al inicio de tu relación laboral) documentación a tu empleador (2014) para que no te retenga, dado que estabas beneficiado por el Decreto 1242/2013, podrías accionar contra tu empleador (hablo judicialmente) para solicitar lo erróneamente retenido.
Si no informaste a tu empleador y recién ahora querés reclamarlo, lamentablemente no le veo mucha vía a tu reclamo.
Vos, como empleado, tenés obligación de informar a tu empleador las deducciones a considerar durante el año y cualquier modificación al respecto, y en esa obligación también está el deber de informar tu condición de beneficiado por el Decreto 1242/2013.
Tu empleador no puede intuir nada de lo que vos no le informes; por ende, 2014 sería correcto que te haya retenido por la información que él tenía de tu parte (nada).
Saludos.
Etiquetas: Decreto 1242/2013, retenciones erróneas, reclamar retenciones, acción judicial empleador, obligación empleado informar, devolución retenciones, beneficio Decreto 1242/2013
Si podés demostrar que, al haber cambiado de empleador, entregaste en tiempo y forma (al inicio de tu relación laboral) documentación a tu empleador (2014) para que no te retenga, dado que estabas beneficiado por el Decreto 1242/2013, podrías accionar contra tu empleador (hablo judicialmente) para solicitar lo erróneamente retenido.
Si no informaste a tu empleador y recién ahora querés reclamarlo, lamentablemente no le veo mucha vía a tu reclamo.
Vos, como empleado, tenés obligación de informar a tu empleador las deducciones a considerar durante el año y cualquier modificación al respecto, y en esa obligación también está el deber de informar tu condición de beneficiado por el Decreto 1242/2013.
Tu empleador no puede intuir nada de lo que vos no le informes; por ende, 2014 sería correcto que te haya retenido por la información que él tenía de tu parte (nada).
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Grisita
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias reteni
Hola, te hago una consulta. Yo cambié de empleo en noviembre de 2014. Presenté todos los formularios, pero el nuevo empleador, "por las dudas", me retuvo Ganancias. Luego me lo devolvió.
Esto me generó problemas al momento de querer realizar el trámite para devolución de percepciones del 20% y 35%, ya que por tener retenciones efectuadas "erróneamente" no me deja hacerlo por la web. Ya fui varias veces a la AFIP y me dijeron, primero, que tengo que sacar el CUIT y, luego, que tengo que inscribirme en Ganancias para, mediante un aplicativo, incorporar el 20% como si fuera un saldo a favor...
La verdad que esto es bastante engorroso y, sinceramente, no me da mucha confianza, además de que no son muy claros los pasos a realizar.
¿Tenés idea de cómo tengo que hacer en este caso para que me devuelvan las percepciones?
¡Gracias!
Esto me generó problemas al momento de querer realizar el trámite para devolución de percepciones del 20% y 35%, ya que por tener retenciones efectuadas "erróneamente" no me deja hacerlo por la web. Ya fui varias veces a la AFIP y me dijeron, primero, que tengo que sacar el CUIT y, luego, que tengo que inscribirme en Ganancias para, mediante un aplicativo, incorporar el 20% como si fuera un saldo a favor...
La verdad que esto es bastante engorroso y, sinceramente, no me da mucha confianza, además de que no son muy claros los pasos a realizar.
¿Tenés idea de cómo tengo que hacer en este caso para que me devuelvan las percepciones?
¡Gracias!
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Enrique7
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias reteni
Buenos dias, hace varios meses que consulto en distintos medios, asà mismo he pagado 6 consultas distintas con contadores y nadie sabe responder mi consulta. Yo trabaje entre enero de 2013 y agosto de 2013 solo dos meses con sueldo inferior a $15000 pesos bruto. En Octubre 2013 tuve un trabajo temporal que duro 2 meses con sueldo menor a $15000 bruto y a partir de diciembre empece a trabajar en una empresa con sueldo menor a $15000 bruto. Hasta mayo de 2015 estuve con esa empresa que no me descontaba ganancias por el decreto 1242/2013, ahora bien a partir de mayo en una nueva empresa me descuentan ganancias, diciendo que hubo ciertas modificaciones que ellos interpretan como para descontarme. Dicen que al no haber trabajado todos los meses del periodo enero-agosto 2013 o el 70% de los mismos, es como si no hubiera trabajado, y no importa lo que paso a partir de octubre. Los distintos contadores me dicen que esta mal interpretado pero ninguno me ha dado argumentos para que yo presente a la empresa, solo eso y obviamente la empresa me sigue descontando.Incluso mande consulta web a la AFIP que lo único que me respondió fue una transcripción de las leyes, que obviamente ya habia leido y no están claras en mi situacion, por eso no me sirvio de nada. Esta bien o mal descontado? Si esta mal, como, por favor se lo hago entender a la empresa? Gracias
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Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias reteni
Estimado Enrique, la RG 3525/2013 es bien clara al respecto.
Art. 3° — Para la determinación de los importes referidos en los ArtÃculos 2º y 5º, del Decreto Nº 1.242/13 y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mÃnimo, durante al menos seis (6) meses del perÃodo al que se hace referencia en dichos artÃculos.
Cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mÃnimo, en el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los meses involucrados.
Esto significa que si entre Enero a Agosto 2013, vos trabajaste sólo dos meses, esos 2 meses se cuentan como el 100% del perÃodo y en los dos tendrÃa que haber tenido sueldos brutos (no netos, brutos) por debajo de los $15.000
Si es asÃ, la Retención de Ganancias hoy en dÃa es incorrecta, debiendo tu actual empleador devolverte todo lo retenido. Los empleados viejos, no tenés mucho para reclamar, salvo por carta documento ya que la relación laboral está cortada, y tendrÃas sólo dos años para reclamar, sino perdiste.
Si te interesa presentar el reclamo con los fundamentos por escrito, podés contactarme.
ACtualmente me encuentro realizando varios reclamos por situaciones similares con varias empresas, las cuales están reteniendo a los empleados de forma erronea.
Mis datos los tenés en la firma.
Contactame por mail o telefónicamente, asà me pasás los Recibos de Sueldo del perÃodo Enero Agosto 2013 que trabajaste, las altas tempranas y te comento como serÃa el tema del Informe a emitir y los Honorarios correspondientes.
Saludos.
Art. 3° — Para la determinación de los importes referidos en los ArtÃculos 2º y 5º, del Decreto Nº 1.242/13 y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mÃnimo, durante al menos seis (6) meses del perÃodo al que se hace referencia en dichos artÃculos.
Cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mÃnimo, en el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los meses involucrados.
Esto significa que si entre Enero a Agosto 2013, vos trabajaste sólo dos meses, esos 2 meses se cuentan como el 100% del perÃodo y en los dos tendrÃa que haber tenido sueldos brutos (no netos, brutos) por debajo de los $15.000
Si es asÃ, la Retención de Ganancias hoy en dÃa es incorrecta, debiendo tu actual empleador devolverte todo lo retenido. Los empleados viejos, no tenés mucho para reclamar, salvo por carta documento ya que la relación laboral está cortada, y tendrÃas sólo dos años para reclamar, sino perdiste.
Si te interesa presentar el reclamo con los fundamentos por escrito, podés contactarme.
ACtualmente me encuentro realizando varios reclamos por situaciones similares con varias empresas, las cuales están reteniendo a los empleados de forma erronea.
Mis datos los tenés en la firma.
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Gabriel Sequino
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SebastianR
Re: Exteriorizar saldo a favor: percepciones>gnancias reteni
Hola, mi caso es que me desvincularon el 11 de enero de 2013 y no trabaje en relacion de dependencia sino facturando hasta el 18 de agosto de 2013, estuve siempre inscripto en ganancias pero al no ser empleado en ese periodo siempre tengo duda de si las retenciones de ganancias me corresponden o no y debo informarlo a mi empleador.
No me preocupa mucho periodos anteriores porque con los gastos al exterior y compras de moneda pude recuperar en gran parte la diferencia de ganancias, sin embargo ahora si me serviria informar la condicion independientemente de lo que suceda con el impuesto de ganancias y los nuevos topes.
Muchas gracias por la ayuda, y estoy buscando un contador de confianza de referencia ya que no tengo.
Un saludo.
No me preocupa mucho periodos anteriores porque con los gastos al exterior y compras de moneda pude recuperar en gran parte la diferencia de ganancias, sin embargo ahora si me serviria informar la condicion independientemente de lo que suceda con el impuesto de ganancias y los nuevos topes.
Muchas gracias por la ayuda, y estoy buscando un contador de confianza de referencia ya que no tengo.
Un saludo.
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