En qué consisten los cambios en los aplicativos para la pres
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En qué consisten los cambios en los aplicativos para la pres
¿En qué consisten los cambios en los aplicativos para la presentación de declaraciones juradas de AFIP?
Desde el Departamento Técnico Legal Impositivo de Arizmendi, el Dr. Fernando R. Bianchi señala que la AFIP ha dispuesto, para la presentación de las cargas sociales del mes de abril, que vencen los primeros días del mes de mayo, algunos cambios en los aplicativos “SICOSS” y “Declaración en Línea”.
Mediante la Resolución General 3758/2015, AFIP ha dispuesto incrementar la nómina base para la inclusión de empleadores en la utilización del aplicativo denominado “Declaración en Línea”.
Como surge de la Normativa que se comenta, para la presentación del Formulario 931, la AFIP ha dispuesto algunas modificaciones en la utilización de sus aplicativos, disponiendo que:
Aquellos empleadores que tengan hasta 200 trabajadores, la presentación del Formulario 931 para la Declaración Jurada de Cargas Sociales deberá ser presentada en el mes de abril de 2015 a través del Servicio de “Declaración en Línea”, al cual se accede a través de la página de AFIP con Clave Fiscal, siendo obligatoria su utilización para las cargas del mes de abril de 2015 y rectificativas, para este rango de empleador.
Disponiendo a su vez, que aquellos empleadores que tengan entre 201 y menos de 300 trabajadores, optativamente pueden pasar a presentar las cargas de Seguridad Social a través de este servicio de AFIP de “Declaración en Línea”, o bien pueden seguir realizando la presentación de las cargas sociales a través del aplicativo SICOSS, como lo vienen realizando hasta el momento.
Previendo que si los empleadores que no se encuentran alcanzados por esta Resolución 3758/15 para realizar la DDJJ del F. 931 a través del Servicio de “Declaración en Línea”, redujeran su nómina a 200 trabajadores o menos, deberán obligatoriamente empezar a presentar las DDJJ del F. 931 con el servicio de “Declaración en Línea”.
Además, la Resolución General 3758 fija que aquellos empleadores que tengan 300 o más trabajadores deberán presentar la DDJJ F. 931 a través del aplicativo de AFIP denominado SICOSS.
Para estos últimos, les hacemos saber que si bien, conforme dispone la Resolución General 3757 de AFIP, aquellos empleadores que no se encuentran alcanzados en el universo de los obligados a utilizar la “Declaración en Línea” debían utilizar desde marzo de 2015 obligatoriamente para la presentación de las cargas la versión 39 del SICOSS. AFIP acaba de subir a su página, hace pocos días, una nueva versión de este aplicativo, que es la versión 39 Release 1.
Con lo cual, para la presentación de las cargas sociales de estos empleadores, deberán necesariamente ser realizadas por medio de esta versión 39 Release 1, que es la última del aplicativo y corrige errores que traía la versión anterior.
Dr. Fernando R. Bianchi
Departamento Técnico Legal Laboral
Etiquetas: Formulario 931, SICOSS, Declaración en Línea AFIP, Cargas Sociales AFIP, Cambios aplicativos AFIP, Resolución General 3758/2015, Declaraciones Juradas AFIP
Desde el Departamento Técnico Legal Impositivo de Arizmendi, el Dr. Fernando R. Bianchi señala que la AFIP ha dispuesto, para la presentación de las cargas sociales del mes de abril, que vencen los primeros días del mes de mayo, algunos cambios en los aplicativos “SICOSS” y “Declaración en Línea”.
Mediante la Resolución General 3758/2015, AFIP ha dispuesto incrementar la nómina base para la inclusión de empleadores en la utilización del aplicativo denominado “Declaración en Línea”.
Como surge de la Normativa que se comenta, para la presentación del Formulario 931, la AFIP ha dispuesto algunas modificaciones en la utilización de sus aplicativos, disponiendo que:
Aquellos empleadores que tengan hasta 200 trabajadores, la presentación del Formulario 931 para la Declaración Jurada de Cargas Sociales deberá ser presentada en el mes de abril de 2015 a través del Servicio de “Declaración en Línea”, al cual se accede a través de la página de AFIP con Clave Fiscal, siendo obligatoria su utilización para las cargas del mes de abril de 2015 y rectificativas, para este rango de empleador.
Disponiendo a su vez, que aquellos empleadores que tengan entre 201 y menos de 300 trabajadores, optativamente pueden pasar a presentar las cargas de Seguridad Social a través de este servicio de AFIP de “Declaración en Línea”, o bien pueden seguir realizando la presentación de las cargas sociales a través del aplicativo SICOSS, como lo vienen realizando hasta el momento.
Previendo que si los empleadores que no se encuentran alcanzados por esta Resolución 3758/15 para realizar la DDJJ del F. 931 a través del Servicio de “Declaración en Línea”, redujeran su nómina a 200 trabajadores o menos, deberán obligatoriamente empezar a presentar las DDJJ del F. 931 con el servicio de “Declaración en Línea”.
Además, la Resolución General 3758 fija que aquellos empleadores que tengan 300 o más trabajadores deberán presentar la DDJJ F. 931 a través del aplicativo de AFIP denominado SICOSS.
Para estos últimos, les hacemos saber que si bien, conforme dispone la Resolución General 3757 de AFIP, aquellos empleadores que no se encuentran alcanzados en el universo de los obligados a utilizar la “Declaración en Línea” debían utilizar desde marzo de 2015 obligatoriamente para la presentación de las cargas la versión 39 del SICOSS. AFIP acaba de subir a su página, hace pocos días, una nueva versión de este aplicativo, que es la versión 39 Release 1.
Con lo cual, para la presentación de las cargas sociales de estos empleadores, deberán necesariamente ser realizadas por medio de esta versión 39 Release 1, que es la última del aplicativo y corrige errores que traía la versión anterior.
Dr. Fernando R. Bianchi
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Última edición por Noticias Contables el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
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