DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Buenos dÃas!! Tengo una duda con respecto a la DJ de Salud a Presentar en ANSES, tengo un cliente que este mes se dio de baja como Efector Social (MONOTRIBUTO SOCIAL) estaba afiliado a OSECAC, y a partir de ENERO empieza a tributar como MONOTRIBUTISTA por el régimen general, siguiendo en OSECAC, en este caso que no hay ningún mes donde no haya aportes a la obra social se debe presentar igualmente la DJ de salud? o al ser una adhesión nueva al monotributo se debe presentar?
desde ya muchas graciasssssss!!!!!!
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Estudio Contable GS
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Leé bien la norma que es clara.
Monotributistas: Novedades del servicio con clave fiscal
Los monotributistas deberán informar el Grupo Familiar Primario y notificarse de la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada de Salud.
Atento lo establecido por el Decreto N° 300/97 PEN y el Dictamen N° 56108/2014 ANSES, que indica que para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino es obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante ANSeS, junto al Acuse de Recibo de la transacción Monotributo -F. 184/F, a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación, se realizaron adecuaciones en el servicio “Sistema Registralâ€, opción “Registro Tributarioâ€, item “Monotributoâ€.
En este sentido, al momento de realizar la adhesión, el sistema le solicitará, en caso de poseer, la declaración de los datos de los integrantes del Grupo Familiar Primario, debiendo indicarse su adhesión o no, a la Obra Social seleccionada por el titular.
Si ya se encuentra adherido al Monotributo, podrá incorporar estos datos a través de la opción “Modificaciónâ€.
Esta información ingresada será incluida en el Formulario N°184.
Por último le informamos que la Declaración Jurada de Salud “Declaración Jurada de Trabajadores Autónomos/Monotributistas que se incorporan al SIPA†se encuentra publicada en: http://www.afip.gob.ar/formularios/ . Deberá ser descargada completada y presentada, junto con el formulario N° 184, ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Saludos.
Monotributistas: Novedades del servicio con clave fiscal
Los monotributistas deberán informar el Grupo Familiar Primario y notificarse de la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada de Salud.
Atento lo establecido por el Decreto N° 300/97 PEN y el Dictamen N° 56108/2014 ANSES, que indica que para su incorporación al Sistema Integrado Previsional Argentino es obligatoria la presentación de una declaración jurada de salud ante ANSeS, junto al Acuse de Recibo de la transacción Monotributo -F. 184/F, a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación, se realizaron adecuaciones en el servicio “Sistema Registralâ€, opción “Registro Tributarioâ€, item “Monotributoâ€.
En este sentido, al momento de realizar la adhesión, el sistema le solicitará, en caso de poseer, la declaración de los datos de los integrantes del Grupo Familiar Primario, debiendo indicarse su adhesión o no, a la Obra Social seleccionada por el titular.
Si ya se encuentra adherido al Monotributo, podrá incorporar estos datos a través de la opción “Modificaciónâ€.
Esta información ingresada será incluida en el Formulario N°184.
Por último le informamos que la Declaración Jurada de Salud “Declaración Jurada de Trabajadores Autónomos/Monotributistas que se incorporan al SIPA†se encuentra publicada en: http://www.afip.gob.ar/formularios/ . Deberá ser descargada completada y presentada, junto con el formulario N° 184, ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
si pero eso que remarcas creo se refiere para agregar al grupo familiar, o sea vas a "modificación" y agregas el grupo familiar, pero en caso de no tener grupo familiar no habrÃa que hacer nada en este caso, pero bueno veo, gracias igual!
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Ariel R.
Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Gente, la duda que tengo con respecto a la Declaración Jurada de Salud es si los Monotributistas que ya estan adheridos corresponde que la presenten igualmente. Saludos!
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Estudio Contable GS
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Ariel, esto dice el formulario de la DDJJ de Salud.
Mientras no haya cumplido ese requisito, o si la declaración contiene falsedades
o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimi-
ento del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley Nº 24.241,
la afiliación no producirá efectos a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento del afiliado en
actividad cuando la contigencia se produjera como consecuencia de la patologÃa existente al momento de la afiliación.
Por lo tanto, la no presentación, el dÃa de mañana puede irle en su contra.
Saludos.
Mientras no haya cumplido ese requisito, o si la declaración contiene falsedades
o reticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimi-
ento del afiliado en actividad. Si se estableciere que se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley Nº 24.241,
la afiliación no producirá efectos a los fines de la obtención del retiro por invalidez o pensión por fallecimiento del afiliado en
actividad cuando la contigencia se produjera como consecuencia de la patologÃa existente al momento de la afiliación.
Por lo tanto, la no presentación, el dÃa de mañana puede irle en su contra.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Dr. Gustavo B.
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Estimados Colegas,
Como escribió Estudio Contable GS el dÃa 26/12/2014, en el artÃculo 2 del Decreto 300/97 si bien establece la obligatoriedad de la presentación de la DDJJ de Salud, luego se afirma que si no se presenta, el contribuyente no gozará del beneficio de reito por invalidez/pensión por fallecimiento por lo que entiendo que NO es obligatorio.
Saludos Cordiales
Como escribió Estudio Contable GS el dÃa 26/12/2014, en el artÃculo 2 del Decreto 300/97 si bien establece la obligatoriedad de la presentación de la DDJJ de Salud, luego se afirma que si no se presenta, el contribuyente no gozará del beneficio de reito por invalidez/pensión por fallecimiento por lo que entiendo que NO es obligatorio.
Saludos Cordiales
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Estudio Contable GS
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Nada es obligatorio.
Lo que no se puede hacer es después excusarse por no haberlo presentado "porque no era obligatorio".
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Noelia
Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Buen día. Mi consulta es la siguiente: si un monotributista no tiene grupo familiar primario, ¿no debe modificarlo? El formulario lo busqué en la página de la AFIP y no se encuentra. ¿Lo completo yo misma y se presenta junto con el F/184 en una dependencia del ANSES? ¡Gracias!
Etiquetas: monotributista grupo familiar primario, modificar grupo familiar monotributista, formulario AFIP grupo familiar, F/184 ANSES, dónde presentar formulario monotributista, AFIP no encuentro formulario, trámite ANSES monotributista
Etiquetas: monotributista grupo familiar primario, modificar grupo familiar monotributista, formulario AFIP grupo familiar, F/184 ANSES, dónde presentar formulario monotributista, AFIP no encuentro formulario, trámite ANSES monotributista
Última edición por Noelia el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: DICTAMEN N° 56108/2014 ANSES
Hola.
Según página de AFIP y en diferentes medios, para declaración jurada de salud de monotributistas, hay que presentar en la ANSES lo siguiente: Formulario 184/F y la declaración jurada de salud.
Hoy fui a presentar una y me desayuné con esto:
Traer la DDJJ salud en duplicado y además llevar la constancia de inscripción en AFIP o comprobante de último pago del monotributo. Digo, AFIP y ANSES deberían ser un poco más claros en relación con la documentación a presentar o ponerse de acuerdo.
¿A alguien le pasó?
Según página de AFIP y en diferentes medios, para declaración jurada de salud de monotributistas, hay que presentar en la ANSES lo siguiente: Formulario 184/F y la declaración jurada de salud.
Hoy fui a presentar una y me desayuné con esto:
Traer la DDJJ salud en duplicado y además llevar la constancia de inscripción en AFIP o comprobante de último pago del monotributo. Digo, AFIP y ANSES deberían ser un poco más claros en relación con la documentación a presentar o ponerse de acuerdo.
¿A alguien le pasó?
Última edición por Cr Jose el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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