Estimados, en el caso de una persona juridica, cuyo balance arrojo perdida, y que tiene un saldo de retenciones del Impuesto a las ganancias. Se pueden computar esas retenciones de ganancias para el Impuesto a las ganacias minima presunta? o ese importe se presenta en la DDJJ de Ganancias y queda como saldo a favor para el proximo periodo?
Gracias
saludos
DECLARACION JURADA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
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Re: DECLARACION JURADA GANANCIA MINIMA PRESUNTA
La retención de Ganancias no es Saldo de Libre Disponibilidad, si antes no la exteriorizás en la DDJJ de Ganancias. Una vez que Ganancias te queda a favor, recién ahí podés compensar.
No podés utilizar las retenciones para compensar la DDJJ de GMP.
Saludos.
No podés utilizar las retenciones para compensar la DDJJ de GMP.
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Gabriel Sequino
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