Hola, presente DDJJ con saldo a abonar y en Sistema de Cuentas Tributarias no aparecen anticipos a abonar. Si realizo el calculo para determinar los mismos con la ley anterior daria un monto a abonar , en cambio a partir de la L.27743 no generaria anticipo a abonar. He visto en varios foros que la pagina de afip no los calcula con la nueva ley. Corresponderia liquidarlos con la ley vieja y abonarlos aunque no figuren en la pagina?
Gracias