Buenos dias,
Me surge la siguiente duda respecto a la reglamentación del domiciloio de explotacion.
Si una persona humana, monotributista, presta servicios a una empresa, pero trabaja desde su casa, en titulares, solo basta con declara al dueño del inmueble o también hay que declarar el carácter de la ocupación de este señor que se esta declarando. En este caso no tiene contrato porque el inmueble es del hijo, y no le cobra alquiler ni hay usufructo.
Gracias