IIBB" se debería capitalizar para que sea "IIBB".

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Moderador: contadoria

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pili1917
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IIBB" se debería capitalizar para que sea "IIBB".

Mensaje por pili1917 »

Hola,
Quisiera consultar sobre lo siguiente: Soy profesor de inglés nacional independiente y está confirmado que estoy exceptuada en IIBB, pero por motivos distintos no se realizó la baja y me seguían computando los pagos y las presentaciones no hechas (DDJJ). Me vienen haciendo retenciones bancarias. Mi contadora averiguó y me informó que no estoy pagando IIBB, pero ahora me siguen reteniendo, y por otro lado, según ella, tengo que presentar DDJJ por los últimos cinco años y recién entonces me dejarán de retener. Eso en plata es un montón, honorarios, porque al estar exenta no pagaría las DDJJ, pero me parece absurdo tener que pagar semejante importe por cumplir con algo que salió por error y no corresponda, estoy exenta de IIBB. Espero haberte expresado claramente. Necesito ayuda en este tema, por favor. Desembolsar más arriba de 40,000$ nada más que porque el sistema lo marca y mal, en lugar de poder exigirles que corrijan lo que están computando mal!! Gracias!

Etiquetas: IIBB, DDJJ, contadora, impuestos, afip, monotributo, IVA, facturación, exenta
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carbonesergio
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Re: II BB

Mensaje por carbonesergio »

Estimada,

Si estas en CABA y tu profesión obedece a un título universitario (cuatro años o mas de colegiatura de grado) estarías exenta del impuesto sobre los ingresos brutos CABA. Ahora bien, la exención sería solo por el ejercicio de esta actividad. Si en el pasado estuviste inscripta (por no gozar de título de grado) desarrollando diferentes actividades o bien actualmente estas inscripta en varias actividades (por ejemplo tu título de grado y venta de bienes muebles) la inscripción corresponde.

Si en el pasado estuviste dada de alta pero no has cumplimentado tu obligación formal (presentar las determinaciones mensuales y anuales) o material (pagar el impuesto) en el sistema existirá una marca sobre tu CUIT como contribuyente incumplidor. Esta marca generará que sufras las retenciones bancarias que mencionas.

La situación actual, como profesional independiente, no significa que automáticamente dejarás de sufrir las retenciones mencionadas dado que estas pueden obedecer a problemas antiguos que no están solucionando.

Adicionalmente, si todo estuviera bien, sería conveniente estés dada de alta en padrones especiales que se generaron para evitar este tipo de cuestiones.

En resumen: hay que ver el caso particular. Más cuando en el 90% de relatos como el tuyo estamos frente a errores viejos (inconductas generalmente formales) que hasta que no los resuelvas no vas a llegar a buen puerto

Si necesitas asesoramiento podes contactarte con mi estudio. Saludos



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Etiquetas: impuesto sobre ingresos brutos CABA, exenciòn, profesional independiente, retenciones bancarias, contribuyente incumplidor, CUIT, padrones especiales, errores viejos, asesoramiento impusitivo, contador publico UBA, Dr. Sergio Carbone, blogspot, youtube, servicios de contabilidad.
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