Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apoderado
Moderador: contadoria
Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apoderado
Hola, buen día, cómo andan?
Quería hacer una consulta puntual, tengo que hacer retenciones de IIBB y del impuesto a las ganancias, por el alquiler de un inmueble.
Teniendo en cuenta que la mayoría de los impuestos están dirigidos al dueño o al usufructuario de un inmueble, pero en este caso se hizo un poder ante escribano para poder alquilar y facturar a un apoderado, que no es ni el dueño ni el usufructuario.
Le debería hacer las retenciones al dueño del inmueble o al apoderado que nos factura? Hay alguna ley o normativa en la que me pueda respaldar?
Desde ya muchas gracias, es la primera vez que realizo una consulta en el foro, pero lo sigo desde hace tiempo.
Etiquetas: retenciones IIBB alquiler, retenciones Impuesto a las Ganancias, retenciones apoderado, alquiler inmueble apoderado, sujeto retención alquiler, normativa retenciones, poder escribano alquiler
Quería hacer una consulta puntual, tengo que hacer retenciones de IIBB y del impuesto a las ganancias, por el alquiler de un inmueble.
Teniendo en cuenta que la mayoría de los impuestos están dirigidos al dueño o al usufructuario de un inmueble, pero en este caso se hizo un poder ante escribano para poder alquilar y facturar a un apoderado, que no es ni el dueño ni el usufructuario.
Le debería hacer las retenciones al dueño del inmueble o al apoderado que nos factura? Hay alguna ley o normativa en la que me pueda respaldar?
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Re: Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apode
Un poder para cobrar no es lo mismo que la cesión de los derechos sobre un bien en particular.
El contribuyente será siempre el que figura en el contrato, o bien a quien este indique como cesionario de los derechos del mismo.
Revisá la documentación que posees para verificarlo.
Saludos.
Etiquetas: poder para cobrar, cesión de derechos, contribuyente cesión, diferencia poder cobrar cesión, responsabilidad fiscal cesión, cesionario de derechos, implicancias impositivas
El contribuyente será siempre el que figura en el contrato, o bien a quien este indique como cesionario de los derechos del mismo.
Revisá la documentación que posees para verificarlo.
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Gabriel Sequino
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Re: Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apode
En este caso, en el contrato figura la persona a quien le hicieron el poder ante escribano para alquilar el inmueble, que también es quien factura y que no es dueña ni usufructuaria de la propiedad.
Etiquetas: Poder escribano alquiler, Facturación alquiler tercero, Alquiler apoderado inmueble, Implicancias fiscales alquiler, Contrato alquiler sin ser dueño, Contabilidad alquiler por poder, Obligaciones fiscales apoderado
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Re: Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apoderado
Entonces no hay mucha duda.
Quien factura es quien cobra y recibe la retención.
Después, a quien tenga que rendir ese alquiler no es un tema que te corresponda analizar (obviamente, haber tenido el documento a mano al momento de realizar el contrato para poder demostrar que está autorizado a actuar en representación de quien corresponde).
Saludos.
Etiquetas: Facturación, Retenciones, Cobro de facturas, Contrato de alquiler, Representación fiscal, Rendición de alquiler, Documentación contable
Quien factura es quien cobra y recibe la retención.
Después, a quien tenga que rendir ese alquiler no es un tema que te corresponda analizar (obviamente, haber tenido el documento a mano al momento de realizar el contrato para poder demostrar que está autorizado a actuar en representación de quien corresponde).
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: Agente de retención de IIBB, Ganancias, al dueño o apode
¡Muchas gracias, Gabriel!
Etiquetas: Contabilidad, Impuestos, Asesoría fiscal, Declaración de impuestos, Nóminas, IVA, Finanzas, Normas contables
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