Buenos días ..Tengo un cliente con actividad de transporte de Carga (Cod 492221) con jurisdicciones en Córdoba y Santa Fe , inscrito en convenio multilateral
la duda es si la alícuota a aplicar para la actividad de transporte de carga en convenio multilateral para Santa Fe es 4,5 % ?? el vehículo no esta radicado en santa fe..
y cuando se aplicaría la alícuota del 2% del inc d) de la Ley Impositiva de Santa fe, ya que en III) menciona transporte de Carga
Muchas Gracias! Saludos
ALICUOTA- CONVENIO MULTILATERAL SANTA FE
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Re: ALICUOTA- CONVENIO MULTILATERAL SANTA FE
De la lectura de la normativa surge claramente cuando se aplican las alícuotas especiales.
Saludos.
Saludos.
Gabriel Sequino
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