Autónomo presidente de SA + RI

Foro dedicado al régimen de trabajadores autónomos. Consulta sobre categorías, aportes obligatorios, pagos, recategorización anual y diferencias con el Monotributo.

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Carlos Adrian
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Autónomo presidente de SA + RI

Mensaje por Carlos Adrian »

Buen día colegas, tengo una consulta que quiero despejar:

Me llegó un cliente con una S.A., en la cual el presidente está inscripto en IVA por una actividad que realiza.

La consulta es respecto a autónomos; está inscripto en tabla 3 por su actividad independiente.

Al ser presidente de la S.A. necesito inscribirlo en tabla 1.

Cómo podría proceder en este caso, ya que los dos aportes son obligatorios, ¿tendría que inscribirlo en las dos tablas?

Agradeceré me ayuden.

Saludos

Etiquetas: autónomos presidente S.A., doble inscripción autónomos, tabla 1 autónomos, tabla 3 autónomos, inscripción autónomos AFIP, aportes obligatorios autónomos, S.A. autoridades autónomos
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Estudio Contable GS
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Re: Autónomo presidente de SA + RI

Mensaje por Estudio Contable GS »

Le corresponde pagar el aporte mayor (por Presidente).

Saludos.

Etiquetas: Aporte Presidente, Aporte mayor Presidente, Obligación de pago Presidente, Contribuciones directores, Seguridad social directores, Cargas sociales Presidente, Régimen aportes directores
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Gabriel Sequino
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Favio
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Re: Autónomo presidente de SA + RI

Mensaje por Favio »

ID 4916502
¿Cómo me categorizo en caso de realizar varias actividades?
07/03/2007 12:00:00 a.m.

En caso de realizar actividades comprendidas en varias tablas, se encuadrarán en la tabla de la o las actividades por las que obtuviera mayores ingresos brutos anuales y en la categoría de esa tabla que corresponda a la suma de la totalidad de los ingresos brutos anuales obtenidos por todas las actividades desarrolladas, cualquiera sea la tabla a la que pertenezcan.

El trabajador autónomo que realice actividades comprendidas en más de una tabla y una de ellas sea penosa o riesgosa —por la cual le corresponde ingresar un aporte adicional del 3 % por tener un régimen previsional diferenciado—, para determinar la categoría mínima de revista y su importe deberá aplicar el procedimiento del párrafo anterior y a la categoría que resulte, adicionar el aporte diferencial del 3 % calculado sobre la renta imponible mensual para dicha categoría.

Fuente: Art. 17 RG 2217/07 y Anexo Decreto 1866/06

Etiquetas: categorización varias actividades, autónomo múltiples actividades, ingresos brutos anuales autónomos, actividades penosas o riesgosas, régimen previsional diferenciado, aporte adicional autónomos, categoría mínima de revista
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Carlos Adrian
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Re: Autónomo presidente de SA + RI

Mensaje por Carlos Adrian »

Muchas gracias!

Etiquetas: Contabilidad, Impuestos, Asesoría fiscal, Normativa contable, IVA, Declaración de impuestos, Cierre fiscal
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