Interés Plazo Fijo
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Interés Plazo Fijo
Expongo un caso: una persona tiene una actividad en relación de dependencia y otra actividad como monotributista. Tiene un plazo fijo y sabemos que en 2018 los intereses de plazo fijo para personas físicas están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. Toda la deducción del Mínimo No Imponible es aplicada por su actividad en relación de dependencia; por lo tanto, en el momento de hacer su DDJJ de Ganancias del 2018, cualquier monto de interés de plazo fijo (por mínimo que fuere) que incluya en su DDJJ de Ganancias le dará un saldo a pagar. (Ya que no tiene ninguna deducción que pueda aplicar, pues todas las deducciones las aplica para su actividad en relación de dependencia). Al darle un saldo a pagar, haría que quedara inscripta en Ganancias, dejando de ser Monotributista. ¿Es correcto el razonamiento? Gracias.
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Re: Interés plazo fijo
Tal como está planteado el caso, así es.
Saludos.
Etiquetas: caso contable, caso impositivo, planteamiento caso, dudas contables, consultas fiscales, resolución caso, análisis caso
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Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Gabriel Sequino
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Re: Interés Plazo Fijo
Recordá que a la ganancia neta producto de los intereses del plazo fijo se le detrae una "deducción especial" equivalente al MNI y recién sobre eso se aplica la alícuota del 5% o el 15%, según corresponda (impuesto cedular).
No me quedó claro por qué quedaría excluido del Monotributo si solo debería inscribirse en Ganancias por una actividad en la que no reviste la calidad de RI en el IVA?
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No me quedó claro por qué quedaría excluido del Monotributo si solo debería inscribirse en Ganancias por una actividad en la que no reviste la calidad de RI en el IVA?
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Re: Interés plazo fijo
Hola Fabio. 1) Entonces, para el interés a plazo fijo, ¿se aplica una deducción especial equivalente al MNI distinto del MNI que ya se está tomando en su actividad en relación de dependencia? 2) Respecto de quedar excluido del Monotributo, yo entendía que al dar saldo a pagar la DDJJ Ganancias, ¿quedaba inscripto automáticamente en Ganancias y dejaba de ser Monotributista? ¿Me equivoco? (¿O puede quedar inscripto en Ganancias por el tema de intereses y, al mismo tiempo, en Monotributo por su otra actividad profesional?) Gracias.
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Re: Interés Plazo Fijo
Perdón, releyendo la consulta inicial, veo un error.Favio escribió:Recordá que a la ganancia neta producto de los intereses del plazo fijo se le detrae una "deducción especial" equivalente al MNI y recién sobre eso se aplica la alícuota del 5% o el 15%, según corresponda (impuesto cedular).
No me quedó claro por qué quedaría excluido del Monotributo si solo debería inscribirse en Ganancias por una actividad en la que no reviste la calidad de RI en el IVA?
Por la actividad de Monotributo (entiendo que eso no tiene que ver con los intereses de plazo fijo porque la actividad financiera no se puede incluir en el MT) puede continuarla de igual forma, ya que su inscripción en Ganancias sería por una actividad (IVA exento), cosa que no es incompatible con el Monotributo.
En resumen: tendrá que tributar Ganancias por el plazo fijo, a la alícuota correspondiente y su actividad de Monotributo podrá continuar igual que hasta ahora.
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: Interés Plazo Fijo
Exacto!!tiago escribió:Hola Fabio. 1) Entonces para el interés plazo fijo se aplica una deducción especial equivalente al MNI distinto del MNI que ya se está tomando en su actividad en relación de dependencia? 2) Respecto de quedar excluido del Monotributo yo entendía que al dar saldo a pagar la DDJJ Gcias quedaba inscripto automáticamente en Gcias y dejaba de ser monotributista, me equivoco? (O puede quedar inscripto en Gcias por el tema de intereses y al mismo tiempo en Monotributo por su otra actividad profesional?) Gracias
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Re: Interés plazo fijo
Gracias Gabriel y Fabio por sus comentarios.
Etiquetas: contabilidad, impuestos, asesoría fiscal, declaración de renta, normativa contable, gestión fiscal, contadores públicos, IVA
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