CONSULTAS PARTICULARES
Moderador: contadoria
Re: Consultas Particulares
Hola, ¿cómo andan?
Quería hacerles una consulta.
Yo trabajo en relación de dependencia y me ofrecen otro trabajo también en relación de dependencia. ¿Se pueden mantener los dos trabajos?
Mi duda es porque en el nuevo me piden que mi actual empleador me dé el F649, el certificado de servicios y la baja de la AFIP.
En caso de no renunciar al actual empleo, ¿qué les tendría que dar?
Gracias
Saludos
Etiquetas: dos trabajos relación de dependencia, pluriempleo relación de dependencia, F649, certificado de servicios, baja AFIP empleo, trabajos simultáneos, documentación nuevo empleo
Quería hacerles una consulta.
Yo trabajo en relación de dependencia y me ofrecen otro trabajo también en relación de dependencia. ¿Se pueden mantener los dos trabajos?
Mi duda es porque en el nuevo me piden que mi actual empleador me dé el F649, el certificado de servicios y la baja de la AFIP.
En caso de no renunciar al actual empleo, ¿qué les tendría que dar?
Gracias
Saludos
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Última edición por pignin el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Consultas particulares
Una persona puede tener la cantidad de trabajos que desee. Hay dos cuestiones que planteas que me parecen raras: una, ¿por qué te piden la baja de AFIP? Eso, si dejas el otro trabajo, pero si continúas, debes aclarárselo: que vas a continuar con el anterior trabajo. El otro tema es que vas a tener que presentar SiRADIG al anterior trabajo para que ellos evalúen si debes o no pagar ganancias.
Etiquetas: SiRADIG, impuesto a las ganancias, dos trabajos, pluriempleo, baja AFIP, pagar ganancias, declaración de ganancias
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Marcelo Borra
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Re: Consultas particulares
Gracias, me la deben pedir porque deben suponer que voy a renunciar al otro.Estudio Integral MB escribió:Una persona puede tener la cantidad de trabajos que desee, hay dos cuestiones que planteas que me parecen raras. ¿Una porque te piden la baja de AFIP? Eso, si dejas el otro trabajo, pero si continúas, debes aclarárselo que vas a continuar con el anterior trabajo. El otro tema es que vas a tener que presentar SIRADIG al anterior trabajo para que ellos evalúen si debes o no pagar ganancias.
En mi actual trabajo pago ganancias.
Igualmente le tengo que pasar al nuevo empleador el F649 y certificado de servicios, ¿no?
Mi nuevo trabajo sería el de mayor remuneración, me faltó aclarar.
Saludos.
Etiquetas: Pluriempleo AFIP, SIRADIG pluriempleo, Impuesto a las Ganancias pluriempleo, F649 nuevo empleador, Certificado de servicios cambio de trabajo, Baja AFIP trabajo simultáneo, Retención Ganancias dos trabajos
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Re: Consultas particulares
si igualmente la norma dice el de mayor remuneracion anterior, o sea tu otro trabajo el viejo, luego cuando cierre 2018 ahi tenes que analizar cual cobraste mas y ya si seguis en los 2 en 2019 ahi si va a ser el nuevo trabajo tu agente de retencion.
Etiquetas: agente de retención, doble empleo, retenciones impuesto a las ganancias, cálculo retenciones, múltiples empleadores, cierre ejercicio fiscal, comparación remuneraciones
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Marcelo Borra
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Re: Consultas particulares
Ok, gracias Marcelo.Estudio Integral MB escribió:Si igualmente la norma dice el de mayor remuneración anterior, o sea, tu otro trabajo, el viejo, luego, cuando cierre 2018, ahí tenés que analizar cuál cobraste más y ya, si seguís en los 2 en 2019, ahí sí va a ser el nuevo trabajo tu agente de retención.
Saludos
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Re: Consultas particulares
Buenas tardes, tengo una agencia de viajes en la provincia de Córdoba y vendo excursiones de Ushuaia y de Uruguay a extranjeros. La pregunta es si en ambos casos se considera exportación de servicios y están exentos de IVA, ya que Ushuaia está exento de este impuesto y el otro destino es en el exterior. Y cuál sería el tipo de factura que debo emitir a mis turistas?
Etiquetas: exportación de servicios, exención IVA servicios turísticos, agencia de viajes, factura a extranjeros, IVA Ushuaia, IVA servicios turísticos Uruguay, factura E
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Re: CONSULTAS PARTICULARES
Estimado, esa consulta debería atenderse en la órbita del Estudio Contable, ya que no se puede asesorar por este medio a particulares.
Esa consulta debería resolverla tu contador, o bien contratar los servicios de algún asesor externo para que evalúe tu situación de forma detallada.
Si te interesa, podés contactarme para analizar la documentación específica y poder brindarte la respuesta profesional acorde.
Saludos.
Etiquetas: Estudio Contable, Contador, Asesor Contable, Servicios Contables, Consulta Contable, Asesoramiento profesional, Asesor externo
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Gabriel Sequino
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Ganancias
Hola, para poder deducir hijos en Ganancias, empleado en relación de dependencia, entiendo que no debe cobrar asignación familiar por hijo, según una norma del año 2015. Mi pregunta es si siguió vigente, ya que esta semana salió un decreto reglamentario que hace mención a este tema.
Etiquetas: deducción hijos Ganancias, empleado relación dependencia deducción, asignación familiar Impuesto a las Ganancias, vigencia deducción hijos, decreto reglamentario deducción Ganancias, deducciones personales Ganancias, carga de familia Impuesto a las Ganancias
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Última edición por SandraV el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Consultas particulares
No debe tener ingresos superiores al mínimo no imponible. Siempre fue así.
Saludos.
Etiquetas: mínimo no imponible, ingresos mínimos no imponibles, ingresos superiores al mínimo no imponible, límite mínimo no imponible, umbral no imponible, ingresos exentos, monto no imponible
Saludos.
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Gabriel Sequino
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Re: Consultas particulares
Gracias, saludos. Cuando regrese a Argentina, me contactaré (si regreso).
Etiquetas: Argentina, regrese a Argentina, contactaré, saludos, gracias, si regreso
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