Buenas tardes colegas, feliz año antes de nada ..
Bueno el motivo es para hacerles llegar una consulta sobre un caso que se me presente y no le estoy encontrando la vuelta
Resulta que tengo un cliente que es empleador al cual le hago todos los meses el F.931, el tema esta en que es medio colgado para pagar el mismo, razon por la cual la compañia con la que tiene la ART le envio un comunicado donde se le comunicaba la rescición del contrato desde 05/2017 por falta de pago. El problema radica en que ese comunicado se lo enviaron luego de que mi cliente habia pagado 06 y 07 del 2017. La ART no le reconoce los pagos porque dice que una vez rescindido el mismo, los pagos deben ser directamente a ellos y no a traves de F.931, lo cual un problema porque ya pagaron bastante plata y no se la reconocen, nos dicen que ay que tramitar la devolución en AFIP (mision imposible no ?) y volver a pagarles a ellos .. por lo cual me surgen dos consultas:
1- Alguien tuvo el caso ? es así ? Como se tramite una devolución de este tipo ?
2- La empresa esta sin ART, el F.931 como lo presento ? sin ART ?.. (cabe aclarar no me dan de alta ninguna poliza en ninguna compañia hasta no cancelar el saldo adeudado en esta)
Agradezco la informacion que me puedan brindar
Gracias
Rescisión ART
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Rescisión ART
Damián A. Martínez
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Re: Rescisión ART
Daniel, buenas tardes, pudiste solucionar este tema?
Saludos!
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Christian Vitale
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Re: Rescisión ART
Lamentablemente cuando hacés un pago a la ART en un período donde no tiene cobertura, ese dinero ingresa directo a la Superintendencia y la ART no tiene forma de solicitar dicho dinero, porque a ese período no había ART contratada.
Primero tenés que comunicarte con la Superintendencia para verificar ese pago y solicitar, en todo caso, la devolución o bien, una vez vuelto a contratar ART, que se le gire el dinero para períodos a posteriori.
Lo que sí tenés que hacer con la ART es cancelar la deuda y una vez abonado, analizarás si continuás con la misma o bien solicitás contrato con una nueva.
Saludos.
Primero tenés que comunicarte con la Superintendencia para verificar ese pago y solicitar, en todo caso, la devolución o bien, una vez vuelto a contratar ART, que se le gire el dinero para períodos a posteriori.
Lo que sí tenés que hacer con la ART es cancelar la deuda y una vez abonado, analizarás si continuás con la misma o bien solicitás contrato con una nueva.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
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Re: Rescisión ART
Gabriel, buen día:
Muy completa la respuesta. En su estudio contable tienen injerencia en ART con sus clientes?
Saludos cordiales,
Christian Vitale
Muy completa la respuesta. En su estudio contable tienen injerencia en ART con sus clientes?
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