Consulta por autónomos
Consulta por autónomos
¡Buenas! Una persona física que está en relación de dependencia y tributa ganancias e ingresos brutos por su actividad de alquiler de locales comerciales, ¿debe inscribirse en autónomos?
Gabriela.
¡Gracias!
Etiquetas: persona física alquiler locales autónomos, relación de dependencia autónomos alquiler, inscribirse autónomos alquiler comercial, alquiler locales comerciales ganancias ingresos brutos, obligación autónomos alquiler, compatibilidad relación de dependencia autónomos, régimen autónomos alquiler
Gabriela.
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Última edición por estudiolg el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
Razón: BOT_CORRECTED_V1
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Re: Consulta por autónomos
Si
Etiquetas: contabilidad, impuestos, asesoría fiscal, declaraciones anuales, normativa tributaria, facturación electrónica, IVA, ISR
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Última edición por marirene el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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cra.patricia
Re: Consulta por autónomos
No debe inscribirse en autónomos, y si es monotributista no debe pagar el concepto jubilatorio.
Etiquetas: autónomos, inscripción autónomos, monotributista, pago jubilatorio monotributo, exención jubilatoria monotributo, jubilación monotributistas, obligaciones monotributo
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Última edición por cra.patricia el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Re: Consulta por autónomos
Debe inscribirse ya sea como monotributista o como autonomo, va a depender del importe total de ingresos por alquileres que tenga anualmente por las categorias.
Última edición por Carla el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Estudio Contable GS
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Re: Consulta por autonomos
Carla, tenés 3 situaciones.
1) Si se factura un alquiler de casa habitación, cualquier valor facturado se encuentra exento de IVA, se paga autónomos y se declara y grava en ganancias.
Si el alquiler es comercial, debe tributar IVA, solo si el alquiler es mayor a $1.500.
Si decide hacerlo mediante el Monotributo, con el valor que sea, no tributa de IVA, ni autónomos, ni ganancias (aquí solo se declara como exento).
2) Si el alquiler es mayor a $1.500 (casa habitación o comercial), debe tributar IVA (si decide hacerlo por el Régimen General), autónomos y ganancias, o bien inscribirse en Monotributo. Habrá que evaluar cuáles son los otros ingresos que tiene, a ver qué conviene según el caso.
3) El tema de Ingresos Brutos: no siempre la respuesta debe ser "Paga Ingresos Brutos". Tanto en CABA como en Bs. As. (como para poner de ejemplo) hay mínimos de facturación y de cantidad de unidades puestas en alquiler, por las cuales, si es inferior a este, tampoco está obligado a tributar Ingresos Brutos. Esto aplica para casa habitación, ya que, para los comerciales, la exención no va en ningún caso (igual que en IVA).
Cualquier duda a tu disposición.
Un saludo.
1) Si se factura un alquiler de casa habitación, cualquier valor facturado se encuentra exento de IVA, se paga autónomos y se declara y grava en ganancias.
Si el alquiler es comercial, debe tributar IVA, solo si el alquiler es mayor a $1.500.
Si decide hacerlo mediante el Monotributo, con el valor que sea, no tributa de IVA, ni autónomos, ni ganancias (aquí solo se declara como exento).
2) Si el alquiler es mayor a $1.500 (casa habitación o comercial), debe tributar IVA (si decide hacerlo por el Régimen General), autónomos y ganancias, o bien inscribirse en Monotributo. Habrá que evaluar cuáles son los otros ingresos que tiene, a ver qué conviene según el caso.
3) El tema de Ingresos Brutos: no siempre la respuesta debe ser "Paga Ingresos Brutos". Tanto en CABA como en Bs. As. (como para poner de ejemplo) hay mínimos de facturación y de cantidad de unidades puestas en alquiler, por las cuales, si es inferior a este, tampoco está obligado a tributar Ingresos Brutos. Esto aplica para casa habitación, ya que, para los comerciales, la exención no va en ningún caso (igual que en IVA).
Cualquier duda a tu disposición.
Un saludo.
Última edición por Estudio Contable GS el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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Gabriel Sequino
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Tel. (54 11) 15-4196-4256
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informaciontop
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Re: Consulta por autonomos
Buen dia,
En el caso de que el locador sea monotributista, y el importe de la renta sea acorde a su categoria, se pueden emitir facturas monotributo de alquiler por mas de $1500, SIN IVA? Obviamente, porque es monotributista?
O sea, el alquiler es $5.000, y la categoria de monot. da bien. Pero se puede emitir esta factura?
Gracias!
En el caso de que el locador sea monotributista, y el importe de la renta sea acorde a su categoria, se pueden emitir facturas monotributo de alquiler por mas de $1500, SIN IVA? Obviamente, porque es monotributista?
O sea, el alquiler es $5.000, y la categoria de monot. da bien. Pero se puede emitir esta factura?
Gracias!
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Estudio Contable GS
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Re: Consulta por autonomos
Si sos Monotributista, podés facturar hasta $400.000 anuales por alquiler.
Y no le adicionás el IVA, porque no estás inscripto en IVA. Sos Monotributista.
También tené en cuenta si corresponde que tributes Ingresos Brutos, según el destino de la propiedad en alquiler, cantidad de propiedades y el valor mensual.
saludos.
Y no le adicionás el IVA, porque no estás inscripto en IVA. Sos Monotributista.
También tené en cuenta si corresponde que tributes Ingresos Brutos, según el destino de la propiedad en alquiler, cantidad de propiedades y el valor mensual.
saludos.
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Gabriel Sequino
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