Buenas tardes,
Soy nueva en esto y me llego la consulta de un amigo porque ARBA le esta embargando el sueldo por una deuda que el no sabia que tenia.
Me comento que hace unos 7 años en un trabajo le dieron de alta como monotributista, estuvo trabajando muy poco tiempo y luego cambio a un empleo en relación de dependencia. No sabia que tenia que realizar la baja del monotributo, ni de ingresos brutos, por lo tanto nunca lo hizo.
Entiendo que la baja en Afip se puede hacer de forma retroactiva desde la fecha que dejo de realizar la actividad, haciendo esa baja le queda alguna deuda?
Y mi otra consulta es si se puede hacer algo con la deuda en ARBA, el nunca presento ddjj de iibb. Existe la posibilidad de presentar ahora todas las ddjj en 0 y pagar solo la multa por no la presentación? (ya que todos estos años solo tuvo actividad en relacion de dependencia) ¿Aunque no haya tenido actividad tiene que pagar el minimo?
Perdon si hay algun tema abierto que hable de este mismo tema, pero no lo encontré.
Muchas gracias, saludos
Anabella
Deuda en ARBA por no dar de baja IIBB
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Re: Deuda en ARBA por no dar de baja IIBB
Hola Anabella, efectivamente hay que regularizar DDJJ's, pagar multas, y solicitar la baja.
Por cualquier consulta podes escribirnos en www.sucontadorpublico.com
Saludos,
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Saludos,
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Re: Deuda en ARBA por no dar de baja IIBB
Estimados, buenas tardes.
Estoy con un caso similar, que se dio por enterado de la situación cuando le retuvieron parte de una indemnización art. Cuando solicitamos la devolución nos piden regularizar ddjj vencidas y saldar intereses.
A diferencia del caso anterior, acá se hizo la baja AFIP en tiempo y forma.
La consulta es, hoy lo mandé a la delegación con un descargo y como prueba la baja AFIP, solicitando la baja retroactiva IIBB arba por la resol. 3/15 - art. 4, pero no solo no le recibieron la documentación, si no que le dijeron que no corre más esa normativa.
Alguno que esté en tema me puede ayudar con la normativa a ver si se actualizo y yo no lo encuentro por favor.
Gracias!
Saludos atte.
Estoy con un caso similar, que se dio por enterado de la situación cuando le retuvieron parte de una indemnización art. Cuando solicitamos la devolución nos piden regularizar ddjj vencidas y saldar intereses.
A diferencia del caso anterior, acá se hizo la baja AFIP en tiempo y forma.
La consulta es, hoy lo mandé a la delegación con un descargo y como prueba la baja AFIP, solicitando la baja retroactiva IIBB arba por la resol. 3/15 - art. 4, pero no solo no le recibieron la documentación, si no que le dijeron que no corre más esa normativa.
Alguno que esté en tema me puede ayudar con la normativa a ver si se actualizo y yo no lo encuentro por favor.
Gracias!
Saludos atte.
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Re: Deuda en ARBA por no dar de baja IIBB
Arba no admite las bajar retroactivas, más de 15 díass.
Tendrás que presentar las DDJJ faltantes (mensuales y anuales) y recién ahí solicitar la baja y reclamar el dinero retenido injustamente.
Si necesitás resolver el tema, tenés mis datos en la firma.
Saludos.
Tendrás que presentar las DDJJ faltantes (mensuales y anuales) y recién ahí solicitar la baja y reclamar el dinero retenido injustamente.
Si necesitás resolver el tema, tenés mis datos en la firma.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
Tel. (54 11) 15-4196-4256
info@estudiocontablegs.com.ar
http://www.estudiocontablegs.com.ar
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