Hola buen dìa!
Quiero hacer una consulta respecto a las deducciones de Ganancias del Art. 82 inc. a)
"De las ganancias de las categorías primera, segunda, tercera y cuarta, y con las limitaciones de esta ley, también se podrán deducir:
a) Los impuestos y tasas que recaen sobre los bienes que produzcan ganancias."
En el caso de deducir impuesto determinado de IVA, estoy incluyendo dentro de la deducción el CF del 814, la duda que tengo es en cuanto al decreto 1350/01:
"Asimismo, los montos de las referidas contribuciones patronales computados como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado, en ningún caso serán deducibles a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias"
Lo que quiero corroborar es si el decreto lo que me está diciendo es que tengo que sacar del Determinado de IVA a deducir el CF del 814, o únicamente me esta aclarando que no lo deduzca por separado, ya que esta incluido en la deducción del determinado.
Aclaro que no hago ganancias hace algún tiempo, estuve haciendo cursos este año, pero no pude despejar la duda, por ello recurro al foro.
Desde ya muchas gracias!
Deducciones de Impuestos en Ganancias
Re: Deducciones de Impuestos en Ganancias
Alguien me puede ayudar? graciaas!!
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Re: Deducciones de Impuestos en Ganancias
si utilizaste para IVA, no podés deducir en Ganancias.
No podés usarlo dos veces.
No siempre conviene usar como CF en IVA las cargas sociales.
No podés usarlo dos veces.
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Contador Público U.B.A.
Matriculado en Ciudad de Buenos Aires - Provincia de Buenos Aires - Provincia de Misiones - Provincia de Corrientes
e-mail: contadordonofrio@gmail.com
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