Deuda Autonomos
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Re: Deuda Autonomos
BUenas tardes. Tengo una consulta parecida a la realizada por Vanesa. Soy contador y mi suegra me pidio que mirara algo con su clave fiscal en AFIP, pero para mi sorpresa, encontre que ella se dio de alta en Autonomos en la decada del 80 (no en ganancias), y pago puntualmente hata que se jubiló en 2006 (nunca realizo actividad alguna, sino que simplemente se dio de alta para poder aportar a la jubilacion). Desde entonces, no pago mas autonomos pero tampoco se dio de baja. Por lo tanto, al dìa de hoy, tiene una deuda cercana a los $ 100.000.- Esta deuda no esta intimada. Lo que les queria consultar es ¿que me aconsejan hacer? La doy de baja y presento una multinota explicando esto mismo, o simplemente le doy la baja y esperamos a que pase el periodo de prescripcion.
Muchas gracias
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Re: Deuda Autonomos
Todo lo que presentes de forma voluntaria, te dejará en mejor situación que si sos intimado (administrativa o judicialmente).
Si se jubiló y no tuvo actividad tendría que haberse dado la baja;
Si se jubiló y siguió trabajando, tendría que haber pagado Autónomos con la categoría correspondiente (menor a la anterior).
Sería conveniente que presentes multinota con los argumentos que demuestren que nunca tuvo actividad, para que te den la baja retroactiva a la Jubilación.
Igualmente fijate si ya podés hacer la baja en Autónomos al momento de la jubilación (antes no porque seguramente tomaron los pagos para el cálculo y no te va a permitir) y andá con la multinota a informar.
Saludos.
Si se jubiló y no tuvo actividad tendría que haberse dado la baja;
Si se jubiló y siguió trabajando, tendría que haber pagado Autónomos con la categoría correspondiente (menor a la anterior).
Sería conveniente que presentes multinota con los argumentos que demuestren que nunca tuvo actividad, para que te den la baja retroactiva a la Jubilación.
Igualmente fijate si ya podés hacer la baja en Autónomos al momento de la jubilación (antes no porque seguramente tomaron los pagos para el cálculo y no te va a permitir) y andá con la multinota a informar.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: Deuda Autonomos
presenta la multinota va a ser mejorar que esperar una intimacion, con la baja retroactiva obviamente. Saludos.
Marcelo Borra
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Re: Deuda Autonomos
buenas tardes, queria hacer una consulta. Tengo un cliente que se inscribio en el año 2000 en ganancias , autonomos e iva exento.
Nunca hizo nada, le dieron baja provisoria por oficio en ganancias , y baja definitiva en autonomos en el año 2003, pero siguio en actividad.
La consulta es si ganancias se debe presentar desde el año 2000 hasta 2014 o solo por los periodos hasta la fecha de baja?
Otra consulta es si siguio en actividad todo este tiempo la inscripcion en ganancias y en autonomos desde cuando deberia realizarla?
Muchas gracias
Nunca hizo nada, le dieron baja provisoria por oficio en ganancias , y baja definitiva en autonomos en el año 2003, pero siguio en actividad.
La consulta es si ganancias se debe presentar desde el año 2000 hasta 2014 o solo por los periodos hasta la fecha de baja?
Otra consulta es si siguio en actividad todo este tiempo la inscripcion en ganancias y en autonomos desde cuando deberia realizarla?
Muchas gracias
Re: Deuda Autonomos
buen dia quisiera hacer una consulta: tengo una persona dada de baja de oficio en autonomos pero con deuda desde el 2004, le tengo que dar de alta en mono si o si la tengo que meter en un plan de pagos para darle el alta, la deuda asciende a 90000 y necesita sio si darse de alta, la prescripcion no corre aca para algun periodo, si es asi me dirian como hacer?
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Re: Deuda Autonomos
Debe pagar la deuda de Monotributo, no así la de Autónomos (obviamente ésta no le computará para su futura jubilación siempre que no la abone en un futuro).
Saludos.
Saludos.
Gabriel Sequino
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Re: Deuda Autonomos
Buenas Noches. Estoy leyendo este post ya que tengo un cliente en igual situación. Tiene una deuda de autónomos de 2004 a 2007 que supera los $60.000,00 y no le dan el alta como imprenta registrada. Jamás hizo un talonario. Quisiera saber como se resolvió el caso que generó este post. Desde ya muchas gracias. Saludos
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Re: Deuda Autonomos
buenos dias
a una persona le llego una intimación por falta de pago de autónomos. dado que no hay plan de pago vigente y la deuda es mucha para pagarla toda junta. Se puede ir pagando por periodo según figura en la cuenta tributaria?? o va a tener algún problema? por lo menos que muestre voluntad de pago.
gracias
a una persona le llego una intimación por falta de pago de autónomos. dado que no hay plan de pago vigente y la deuda es mucha para pagarla toda junta. Se puede ir pagando por periodo según figura en la cuenta tributaria?? o va a tener algún problema? por lo menos que muestre voluntad de pago.
gracias
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Re: Deuda Autonomos
Los periodos intimados hay que pagarlos en su totalidad mas los intereses correspondientes, de no hacerlo le reclamaran via judicial los restantes. Mas alla que pagues una parte si no pagas el total de la deuda van a seguir con el juicio mas alla de demostrar buena voluntad. Saludos
Marcelo Borra
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Re: Deuda Autonomos
María Florencia, la voluntad de pago se demuestra cancelando el impuesto en tiempo y forma, o bien acogiéndose al plan de pagos (si es que existe la posibilidad).Maria Florencia escribió:buenos dias
a una persona le llego una intimación por falta de pago de autónomos. dado que no hay plan de pago vigente y la deuda es mucha para pagarla toda junta. Se puede ir pagando por periodo según figura en la cuenta tributaria?? o va a tener algún problema? por lo menos que muestre voluntad de pago.
gracias
Cuando te intimen judicialmente ya no vale la voluntad de pago.
Sólo podrás frenar la ejecución 1 o 2 meses hablando con el Abogado para que no embargue, pero no más de eso.
Aparte el gran problema de no cancelar autónomos en tiempo y forma es que cada seis meses se actualiza el monto al nuevo valor, por lo cual aparte de los intereses, se te incrementa la deuda en el monto que se actualiza la categoría.
Le va a salir más barato sacar un crédito personal que un embargo de fondos / inhibición de bienes.
Saludos.
Gabriel Sequino
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