BLANQUEO Y JUSTIFICACION PATRIM

Santiago Caram
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Re: BLANQUEO Y JUSTIFICACION PATRIM

Mensaje por Santiago Caram »

Buenas Noches, les hago una consulta de un caso, la persona, de nacionalidad Argentina, heredo de su padre un inmueble en la Republica de Chile en el año 1992 y desde entonces nunca lo declaro. Ademas desde esa fecha la Madre (de nacionalidad Chilena, pero vive en Argentina y tributa alquileres acá) tiene el usufructo a titulo gratuito, por lo cual si no estoy errado es la Madre quien debe presentar bienes personales por dicho bien. A la vez la Madre alquila esa propiedad en Chile y paga impuestos por esos alquileres en Chile.
Mi pregunta es, a la hora del sinceramiento fiscal, quien debe exteriorizar dicho bien, la madre o la hija? Porque al ser usufructo lo tendria que declarar la madre pero ella es Chilena.

Espero que se haya entendido.

Saludos!
Eduardo
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Re: BLANQUEO Y JUSTIFICACION PATRIM

Mensaje por Eduardo »

Santiago Caram escribió:Buenas Noches, les hago una consulta de un caso, la persona, de nacionalidad Argentina, heredo de su padre un inmueble en la Republica de Chile en el año 1992 y desde entonces nunca lo declaro. Ademas desde esa fecha la Madre (de nacionalidad Chilena, pero vive en Argentina y tributa alquileres acá) tiene el usufructo a titulo gratuito, por lo cual si no estoy errado es la Madre quien debe presentar bienes personales por dicho bien. A la vez la Madre alquila esa propiedad en Chile y paga impuestos por esos alquileres en Chile.
Mi pregunta es, a la hora del sinceramiento fiscal, quien debe exteriorizar dicho bien, la madre o la hija? Porque al ser usufructo lo tendria que declarar la madre pero ella es Chilena.

Espero que se haya entendido.

Saludos!
Lo que se debe analizar es la residencia, conforme lo indica la ley de ganancias. Si el usufructo es con reserva de la nuda propiedad (tenes que ver la escritura del usufructo) quien debe exteriorizar el bien es el usufructuante (la hija).
La madre es quien deberia haber presentado la dj de BP, acorde a la valuacion de bienes situados en el extranjero (valor de plaza).
Saludos.
Santiago Caram
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Re: BLANQUEO Y JUSTIFICACION PATRIM

Mensaje por Santiago Caram »

Lo que se debe analizar es la residencia, conforme lo indica la ley de ganancias. Si el usufructo es con reserva de la nuda propiedad (tenes que ver la escritura del usufructo) quien debe exteriorizar el bien es el usufructuante (la hija).
La madre es quien deberia haber presentado la dj de BP, acorde a la valuacion de bienes situados en el extranjero (valor de plaza).
Saludos.[/quote]


Gracias por la Respuesta Eduardo, Es complejo porque la hija, quien es de nacionalidad Argentina, vive y trabaja en Chile hace mas de 12 meses, por lo cual tiene residencia en Chile.
Si, es usufructo con reserva de nuda propiedad, por lo cual como vos bien dijiste, es la madre quien debería haberlo presentado en dj BP, Lo que no se es si al ser ella Chilena y el bien estar en Chile, si le saltara esa información a la AFIP.
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