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Solicitud de F.649/F.1357

Publicado: Lun Jun 24, 2019 12:32 pm
por culdesac00
¡Hola!
¿Existe un límite de tiempo que pueda solicitarle a un empleador el F.649?
Debido a un inconveniente personal, no cuento más con este formulario de todos los empleos que tuve desde el año 2005, y me gustaría saber si, pese a haber pasado el tiempo, los empleadores tienen la obligación de volver a enviármelo si se los solicito y ya no continúo en esos empleos.
Dado el cambio en el procedimiento, ¿puedo aún solicitarles el F.649 o debe ser el F.1357?

Entiendo que este es el único documento que el día de mañana, cuando me jubile, podrá aclarar cualquier inconsistencia de datos que exista de mis remuneraciones, deducciones y retenciones.

¡Gracias!

Etiquetas: F.649, F.1357, solicitar F.649 empleador, límite tiempo solicitud F.649, obligación ex empleador F.649, retenciones impuesto ganancias, F.649 jubilación

Re: Solicitud de F.649/F.1357

Publicado: Lun Jun 24, 2019 3:34 pm
por Estudio Contable MEB
El 649 no sirve para eso; el formulario para la jubilación el día de mañana es el certificado Art. 80 y el de ANSES que se entregan cuando se termina la relación laboral obligatoriamente. En caso de que no lo tenga o no se lo hayan dado, tiene 2 años para pedirlo desde que terminó la relación laboral.

Etiquetas: Certificado Art. 80, Formulario ANSES, Jubilación requisitos, Formulario 649, Terminación relación laboral, Plazo Certificado Art. 80, Documentos fin relación laboral

Re: Solicitud de F.649/F.1357

Publicado: Mar Jun 25, 2019 8:10 am
por Lucrecio
El 649/1357 es a los efectos impositivos de la liquidación anual.

Lo que vos decís para la jubilación es la certificación de servicios de ANSES.

Siempre es recomendable pedir la certificación de servicios cada vez que uno finaliza la relación laboral.

Andá pidiéndole a cada empleador tuyo la certificación de servicios.
Y controlá también que se hayan efectuado los aportes y contribuciones (a través de ANSES o de AFIP).

Con estas dos cosas ya tenés un tema menos a la hora de iniciar la jubilación.

Saludos.

Etiquetas: certificación de servicios, jubilación, ANSES, aportes y contribuciones, AFIP, 649/1357, liquidación anual