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Re: Bienes personales
Publicado: Vie May 18, 2018 6:54 pm
por Estudio Contable MEB
No, al contrario, hoy está en falta. Mejor que regularice su situación y se ponga al día antes de que lo intime el fisco. Con respecto a las DDJJ, puedes hacerla por aplicativo hasta 2016 inclusive, por SIAP; y 2017, ya sí, por web.
Etiquetas: regularizar situación fiscal, intimación fisco, DDJJ, declaraciones juradas, aplicativo SIAP, DDJJ por web, contribuyente en falta
Re: Bienes Personales
Publicado: Dom May 20, 2018 11:41 am
por Estudio Contable GS
smgconsultas escribió:Buenas tardes:
Les consulto: tengo un cliente que es monotributista y no presentó las declaraciones juradas de Bienes Personales correspondientes a los años 2013, 2014, 2015 y 2016 cuando debía presentarlas por superar el mínimo imponible; además, el año pasado no se adhirió al blanqueo debido a que tiene forma de justificar su patrimonio.
Les agradecería me indiquen: ¿al presentar las declaraciones juradas originales de cada año, pagando el impuesto + la multa de $200 por cada una + los intereses correspondientes por presentarlas fuera de término, puede traerle algún inconveniente con la AFIP por no haberse adherido al blanqueo?
¿Todas las declaraciones juradas deben ser presentadas a través de la web o hasta el año 2016 se pueden presentar mediante el aplicativo?
Agradezco mucho sus respuestas.
Atentamente,
Mauricio
Tendrá que presentar todas las DDJJ de Bienes Personales, desde el momento en que su patrimonio superó el mínimo exento (ahora mínimo no imponible desde 2016) y demostrar año a año el crecimiento de su patrimonio.
Haciendo eso de forma voluntaria y sin mediar reclamo anterior, estaría regularizando todo lo que hubiera correspondido y el fisco no te podría reclamar (a ver... te va a reclamar, pero tendrás cómo demostrarlo).
Saludos.
Etiquetas: Declaración Jurada Bienes Personales, Monotributista Bienes Personales, Declaraciones Juradas fuera de término, AFIP Bienes Personales, Multa Bienes Personales, Blanqueo de capitales, Regularización fiscal
Re: Bienes Personales
Publicado: Mar Nov 13, 2018 7:46 pm
por colodadan
Hola, mi consulta es: tengo un ahorro de toda la vida en pesos que, por los montos que vi, arriba de $1.050.000, paga Bienes Personales. Yo lo tuve en el banco, pero hace un tiempo lo saqué y ahora, cuando quiero volver a depositar, me piden DDJJ de Bienes Personales. Ahora bien, les pregunto: yo nunca hice DDJJ de Bienes Personales. Si yo hago la DDJJ, ¿tendré problemas con AFIP?
Etiquetas: Bienes Personales, DDJJ Bienes Personales, AFIP, Declaración Jurada Bienes Personales, Monto mínimo Bienes Personales, Problemas con AFIP, Depósito bancario Bienes Personales, Ahorro no declarado AFIP
Re: Bienes Personales
Publicado: Mié Nov 14, 2018 11:34 am
por Estudio Contable GS
La situación es al revés.
Si no hacés las DDJJ cuando correspondía, vas a tener problemas con el fisco.
El hecho ya de bancarizar los ahorros es exteriorizar la tenencia a un organismo que es agente de información con el fisco, por lo cual que no te hayan intimado al día de hoy es solo una cuestión de tiempo.
Saludos.
Etiquetas: DDJJ, declaraciones juradas, problemas con el fisco, bancarizar ahorros, exteriorizar tenencia, intimación fiscal, riesgos fiscales
Re: Bienes Personales
Publicado: Jue Nov 15, 2018 3:37 pm
por Lucrecio
El banco no está facultado para solicitar DDJJ Bs Ps.
Seguramente te habrá solicitado certificación de licitud de fondos por el monto que pretendés depositar...
Además de Bs Ps, ¿cómo vas con Ganancias? ¿Lo tenés justificado? (recibo de sueldo, actividad personal, herencia, etc.)
Saludos.
Etiquetas: DDJJ Bienes Personales, certificación licitud de fondos, Impuesto a las Ganancias, origen de fondos, justificación de ingresos, requisitos bancarios, depósitos bancarios
Bienes Personales" (Conjunto de bienes que se consideran propios del trabajador en virtud de la ley laboral argentina)
Publicado: Mié Jun 24, 2020 12:19 am
por Charly
Hola, hago una consulta sobre el mínimo no imponible de B. Personales para el año 2019, que es de $ 2.000.000.- Si un contribuyente, su único patrimonio que posee al 31 de diciembre, es un Plazo fijo de 20.000.- Dólares x $ 59,69, serían $ 1.193.800.- al no superar el Mínimo no imponible, el contribuyente no tendría que presentar la D. Jurada? O por estar en el exterior, el mínimo no imponible no se puede aplicar.
Etiquetas: mínimo no imponible, B Personales, año 2019, $ 2.000.000.-, contribuyente, Plazo fijo, Dólares x $ 59,69, $ 1.193.800-, D. Jurada, exterior, mínimo no imponible aplicabilidad
Re: Bienes Personales"
"Re: Bienes propios
Publicado: Mié Jun 24, 2020 1:46 am
por Estudio Contable GS
La respuesta tienes en el artículo 24 (mínimo exento) y te refiero al artículo 17 (para ver a quien le aplica dicho mínimo y a quien no).
Para sujetos radicados en el exterior no se aplica.
Saludos.
Etiquetas: 24, artículo 17, mínimo exento, sujetos radicados en el exterior
Re: Bienes Personales"
"Re: Bienes Propios" (Corregir "Bienes Personales" por la forma correcta de escritura en español para los bienes muebles que pertenecen al trabajador).
Publicado: Mié Jun 24, 2020 10:12 am
por Estudio Contable MEB
Si reside fuera del país no se aplica el mínimo salario, saludos.
Etiquetas: país, reside, mínimo salario, fuera, saludos
Re: Bienes personales
Publicado: Lun Nov 29, 2021 7:43 pm
por pzap
Estimados,
Siguiendo con la pregunta del usuario anterior:
1. Si soy residente en el exterior y tengo 1000 pesos en una caja de ahorro en Argentina, ¿tengo que hacer la declaración jurada a través de un responsable sustituto y pagar?
2. Si dejo la cuenta en cero, ¿no corresponde declarar nada?
Muchas gracias.
Saludos
Etiquetas: declaración jurada bienes exterior, declaración jurada argentina, residente exterior argentina, impuestos residentes exterior, declaración jurada responsable sustituto, caja de ahorro argentina, declaración jurada dinero exterior
Re: Bienes personales
Publicado: Mar Nov 30, 2021 11:41 pm
por Estudio Contable GS
La respuesta está en la Ley de Bienes Personales.
Sería conveniente que primero te remitas a la lectura y, en caso de surgir dudas, vuelvas a consultar más específicamente.
Saludos.
Etiquetas: Ley de Bienes Personales, bienes personales, derecho de bienes personales, ley bienes, propiedad personal, consultoría legal, asesoramiento legal