8 de septiembre 2024 – 07:00 Se acerca la fecha de cierre para poder adherirse a las moratorias de la AFIP. Anotá los requisitos para poder hacerlo a tiempo. La Administración ...
¡Atención contribuyentes! Quedan pocos días para acceder a las moratorias de AFIP: cómo realizar el trámite

¡Atención contribuyentes! Quedan pocos días para acceder a las moratorias de AFIP: cómo realizar el trámite

8 de septiembre 2024 – 07:00

Se acerca la fecha de cierre para poder adherirse a las moratorias de la AFIP. Anotá los requisitos para poder hacerlo a tiempo.

Estos son los requisitos para adherirse a las moratorias de la AFIP. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó a los contribuyentes la fecha límite para poder adherirse a las moratorias y así acceder al 60% de condonación de intereses y multas que hayan vencido hasta el 31 de marzo del 2024.

Este beneficio está contemplado dentro del Régimen de Regularización de Obligaciones, establecido por la Ley 27.743 de «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes», que habilita la regularización de deudas relacionadas con aduana, impuestos y seguridad social.

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Hasta cuándo se puede acceder a las moratorias de AFIP

Para obtener una condonación del 60%, es necesario inscribirse antes del 14 de septiembre de 2024. Si la adhesión se realiza después de esa fecha, pero antes del 14 de octubre, la condonación de multas e intereses será del 50%.

Aquellos que se inscriban luego de esta última fecha podrán acceder a planes de financiamiento con plazos extendidos y condiciones preferenciales, dirigidos a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y monotributistas, considerando su capacidad de pago y el tipo de actividad que desarrollen.

Quienes pueden acceder a este beneficio de la AFIP

Para poder acceder a este beneficio y recibir el descuento, se deberán cumplir con estos requisitos:

  • Presentar las declaraciones juradas o determinaciones originales o rectificativas de las obligaciones a regularizar.
  • Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorros de la que se debitarán las cuotas para la cancelación de cada una de las cuotas, en el servicio «web» denominado «Declaración de CBU».
  • Poseer un Domicilio Fiscal Electrónico.




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