Aduana: SICNEA
Publicado: Mar Mar 11, 2014 12:15 pm
Aduana: SICNEA,
Aduana: SICNEA
Le informamos que en el Boletín Oficial correspondiente al día 11 de Marzo de 2014, se ha publicado la Resolución General 3.600 relativa modificaciones y actualizaciones de la Resolución General 3.474.
En este sentido, se establece lo siguiente:
El servicio Web SICNEA será asignado, en forma automática, a los siguientes sujetos:
Auxiliares del comercio y del servicio aduanero.
Los comprendidos en el Artículo 109 del Código Aduanero, incluidas las entidades inscriptas en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías, que emiten garantías por obligaciones aduaneras.
Importadores y exportadores que sean usuarios o pretendan el acceso a regímenes que requieren condiciones calificadas para adherir a ellos, los que se detallan en el Anexo III de la presente.
Los restantes importadores y exportadores.
Las notificaciones que deban realizarse en los procedimientos de impugnación, de repetición, por infracciones, de ejecución en sede administrativa y relativos a las sanciones disciplinarias (apercibimiento, suspensión o eliminación de los Registros Especiales Aduaneros) a los sujetos con domicilio procesal constituido, en el radio urbano de la respectiva oficina aduanera, se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el apartado II del Anexo I de la Resolución General 3.600.
Incorporación en el apartado II de su Anexo I, como punto 3, el que se consigna en el Anexo I.
Reemplazo del punto 27 del Anexo II, por el que se consigna en el Anexo II.
Incorporación en el Anexo II, como punto 28, el que se consigna en el Anexo II.
Vigencia: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 11 de Marzo de 2014.
No obstante, sus disposiciones respecto de los abogados que actúan en carácter de letrados patrocinantes en aduana y de las entidades emisoras de garantías aduaneras, tendrán efecto a partir del 24 de junio de 2014, inclusive.
Puede acceder al texto completo de la norma ingresando a la Biblioteca Electrónica.
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Le informamos que en el Boletín Oficial correspondiente al día 11 de Marzo de 2014, se ha publicado la Resolución General 3.600 relativa modificaciones y actualizaciones de la Resolución General 3.474.
En este sentido, se establece lo siguiente:
El servicio Web SICNEA será asignado, en forma automática, a los siguientes sujetos:
Auxiliares del comercio y del servicio aduanero.
Los comprendidos en el Artículo 109 del Código Aduanero, incluidas las entidades inscriptas en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías, que emiten garantías por obligaciones aduaneras.
Importadores y exportadores que sean usuarios o pretendan el acceso a regímenes que requieren condiciones calificadas para adherir a ellos, los que se detallan en el Anexo III de la presente.
Los restantes importadores y exportadores.
Las notificaciones que deban realizarse en los procedimientos de impugnación, de repetición, por infracciones, de ejecución en sede administrativa y relativos a las sanciones disciplinarias (apercibimiento, suspensión o eliminación de los Registros Especiales Aduaneros) a los sujetos con domicilio procesal constituido, en el radio urbano de la respectiva oficina aduanera, se llevarán a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el apartado II del Anexo I de la Resolución General 3.600.
Incorporación en el apartado II de su Anexo I, como punto 3, el que se consigna en el Anexo I.
Reemplazo del punto 27 del Anexo II, por el que se consigna en el Anexo II.
Incorporación en el Anexo II, como punto 28, el que se consigna en el Anexo II.
Vigencia: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 11 de Marzo de 2014.
No obstante, sus disposiciones respecto de los abogados que actúan en carácter de letrados patrocinantes en aduana y de las entidades emisoras de garantías aduaneras, tendrán efecto a partir del 24 de junio de 2014, inclusive.
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