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Cada vez más empleados deben pagar la tasa máxima de Gananci

Publicado: Dom Mar 09, 2014 12:56 pm
por Noticias Contables
Cada vez más empleados deben pagar la tasa máxima de Ganancias a causa de la inflación,


La última modificación del impuesto a la Ganancias, fue anunciada en agosto pasado, y fue en general bien recibida, dada su implicancia más significativa: se liberaba del tributo a los empleados y jubilados que en los primeros ocho meses de 2013 habían cobrado salarios o haberes brutos (antes de los aportes a la seguridad social) no mayores a $15.000.
Pero la medida del Poder Ejecutivo -anunciada dos meses antes de las elecciones legislativas y leída por muchos como oportunista y de redacción desprolija- hizo sus aportes a la inequidad.
Para quienes quedaron obligados a tributar, el esquema perdió progresividad: con un salario sujeto a la imposición y cercano al mencionado umbral de exclusión, ya se paga una de las tasas más altas, en tanto que es cada vez más fácil alcanzar la alícuota superior de la escala.
Esto provoca que tienda a crecer la proporción de empleados con la imposición máxima (un 35% sobre un determinado monto, que en la práctica tiene un peso de hasta alrededor de 25% del ingreso neto), aunque la evolución del poder adquisitivo no justifique el alza de la presión. Esto tiene como raíz el congelamiento, por más de una década, de los niveles de ingresos usados para determinar la alícuota, según La Nación. 
Por otra parte, el hecho de usar un parámetro histórico e inflexible -el nivel de ingresos percibidos de enero a agosto de 2013- para definir quiénes tributan, derivó en varias situaciones de inequidad. También desde un concepto de discrecionalidad, se redujo desde septiembre la carga fiscal para quienes habían ganado hasta agosto entre $15.000 y $25.000 (subieron las deducciones un 20%) y se excluyó del beneficio a los asalariados de mayor ingreso.
El decreto hace posible que, por no haber percibido más de $15.000 hasta agosto de 2013, un empleado quede libre del impuesto aun cuando ahora perciba un sueldo superior a ese monto y quizá al de otro empleado que sí contribuye. La medida, además, amplió la brecha entre asalariados y autónomos, esta vez excluidos de las modificaciones.
Desde el año 2000 rige una tabla que hace que a mayor ingreso se aplique una mayor tasa de imposición. El cuadro conlleva la lógica de lo progresivo, pero se cuestiona que en 14 años no se actualizaron los montos que definen en qué escalón se ubica cada contribuyente según su ingreso imponible.
"La ley de Ganancias dice cómo actualizar los montos imponibles, las deducciones y la tabla de alícuotas; si el ajuste se hubiera aplicado, nos habríamos ahorrado los problemas de los últimos años", señala Andrés Edelstein, socio del área de Asesoramiento Impositivo y Legal de PwC Argentina. Pero desde 1992, la normativa vinculada a la convertibilidad nacida entonces, prohíbe aplicar aun hoy el mecanismo. 
La ley de Ganancias estableció que debía seguirse el índice de precios mayoristas para una adecuación periódica.
Un estudio tributario Lisicky, Litvin y Asociados para La Nación muestran cómo sería el escenario de haberse hecho el ajuste: un empleado con un salario neto anual de $325.000 (un promedio mensual, incluyendo aguinaldo, de $25.000, aunque la remuneración habitual podría ser menor ya que la cifra del año incluye cualquier otro concepto percibido), paga $68.679,44 de impuesto (21,1% del salario) si es soltero, y $56.583,44 si tiene a su cargo cónyuge y dos hijos (17,4% del sueldo). En ambos casos se aplica la alícuota máxima, que equivale a un monto fijo anual de $28.500 más el 35% de la parte del ingreso imponible anual que exceda de $120.000.
Con el esquema actualizado, ambos empleados se ubicarían cuatro escalones más abajo en la tabla y pagarían una tasa marginal de 19 en vez de 35%. Según el informe, aportarían $ 24.983,75 y $ 20.177,51, respectivamente. La diferencia en la cifra de la contribución fiscal ronda el 180%, en tanto que la cantidad de dinero que llega al bolsillo se reduce, en la situación real y respecto de la hipotética, entre 12 y 14 por ciento.
El efecto se comprueba para diferentes niveles de ingresos. Incluso, una remuneración neta mensual de $ 50.000 no llegaría a la máxima alícuota en un esquema actualizado.
"Falta un sistema automático de recomposición de las deducciones y de la tabla de alícuotas", advierte César Litvin, presidente del Instituto Tributario, quien considera que como el índice de precios mayoristas no refleja bien la realidad, habría que buscar otro parámetro. Advierte entonces que en los ejemplos citados se usó un criterio conservador.
Por la falta de modificación de la tabla y por los últimos cambios, "las alícuotas más bajas del sistema quedaron anuladas de facto, y al pasar los $ 15.000 es muy probable quedar alcanzado por la tasa más alta; pero que todos paguen el 35% no tiene lógica", analiza Alberto Mastandrea, del área de Impuestos de BDO.
Por su parte, la remuneración bruta más baja sujeta al impuesto era en 2007 -el año en que se aceleró la inflación- de $4.031 para solteros y de $5.514 para casados con dos hijos. Si se ajustan los números por la inflación de consultoras privadas, en ambos casos resulta un salario bruto bastante superior a los $15.000, la cifra del decreto que el Gobierno presentó como una concesión.
La normativa necesita ya una adecuación, según advierte Marcos Verdún, jefe de Asesores Tributarios del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, en coincidencia con varios colegas. Verdún señala que quienes quedaron al margen del impuesto pueden haber cobrado gratificaciones extraordinarias que, más allá de su cuantía, estuvieron libres de la carga fiscal. Y agrega que, cerca del límite de los $15.000 puede haber situaciones en las que quienes tienen un sueldo bruto mayor terminan con menos dinero en su bolsillo que quienes perciben un ingreso bruto inferior.
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