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SAS RG 2/21 JIG" (Juzgado Inferior de lo Gral.)

Publicado: Lun Abr 26, 2021 8:31 am
por Cdor. Gustavo Becker
Buenos días,
Les quería consultar sobre el siguiente punto: de acuerdo a la resolución de referencia se debe presentar un acta del órgano de administración con la convocatoria a la Reunión del órgano de gobierno. La duda que me plantea es en aquellos casos en los que el órgano de administración y de gobierno es el mismo. Aún así, se debería hacer la convocatoria? Por lo que entiendo, se asemeja a lo que podría suceder en una sociedad anónima. Es así?
Muchas gracias,

Etiquetas: acta_órgano_administración, convocatoria_reunión_órgano_gobierno, mismo_órgano_administración_y_gobierno, sociedad_anónima, resolución_de_referencia