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Facturar servicio al exterior

Publicado: Jue May 07, 2020 1:48 am
por elbene86
Hola, ¿cómo están? Soy monotributo Cat. C (loc. Servicios). Estuve haciendo averiguaciones para facturar a un cliente del extranjero. Por lo que leí es vía Factura E.

Ya habilité un nuevo "punto de venta y domicilio" al cual le asigné "Comprobantes de exportación - Factura en línea". Cuando quiero emitir una factura y si elijo ese "punto de venta" efectivamente me aparece para emitir la Factura E.
Mi cliente me pagaría vía Western Union. ¿Puedo emitir la factura en pesos indicando directamente cuántos pesos me entregaría Western Union según la cotización de ellos, o debo hacerla en dólares?
¿El trámite es así o tengo que hacer algo adicional previo/posterior a la emisión de factura?

¡Gracias de antemano!

Etiquetas: Monotributo exportación servicios, Factura E, facturar cliente extranjero, comprobantes de exportación, Factura E moneda, cobrar servicios exterior

Re: Facturar servicio al exterior

Publicado: Jue May 07, 2020 2:38 am
por Estudio Contable GS
Hola, ¿cómo te va?

Cobrar vía Western Union es ilegal para respaldar la Exportación de Servicios.

Te explico:

Existe un DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) desde el 01/09/2019 que indica que los Exportadores de Servicios deben obligatoriamente liquidar las divisas (venderlas en entidades oficiales del sistema bancario argentino, a la cotización oficial, o sea, cerca de unos $65 hoy día) en no más de 5 días desde haber recibido los fondos en el exterior.

Si tu cliente te paga con transferencia internacional, ese plazo siempre se cumpliría, porque lo percibirías directamente en Argentina, el dinero, y todo el tiempo que el dinero tarde desde que sale de la cuenta de tu cliente, en el exterior, hasta que llega al país y se deposita en tu cuenta, son plazos lógicos del sistema financiero que no te ponen en falta en ningún momento.

Si cobraras directo en el exterior (por algún monedero electrónico, o bien en una cuenta bancaria en el exterior a tu nombre) automáticamente deberías iniciar el proceso de giro hacia el país y depositar ese dinero en tu banco local, el cual ingresará en moneda extranjera. El banco hará la pesificación automáticamente y en tu cuenta ingresarán los pesos ya convertidos al tipo de cambio del día.

Al vos cobrar por Western Union, ese dinero no ingresa nunca por el Mercado Único y Libre de Cambios (la respuesta simple es la razón de por qué WU te estaría pagando un dólar aproximadamente a $110, cuando deberían recibirlo automáticamente a 65 y luego pagártelo en pesos).

WU es básicamente una empresa encargada de recibir remesas (ayuda familiar) y no está habilitada para recibir cobros comerciales.

Si recibís los fondos desde WU te vas a dar cuenta de esto que te comento, porque ese dato es el que figura en la orden de cobro.

Si necesitás regularizar tu situación impositiva como Exportadora de Servicios y poder encarar la cuestión tributaria dentro del régimen impositivo vigente, contáctame.

En mi Estudio Contable atendemos 70 Freelancers de todo el país y conocemos al detalle la normativa vigente, para que puedas estar tranquila que las obligaciones tributarias se están cumpliendo.

Etiquetas: Exportación de Servicios Argentina, Western Union exportación servicios, Liquidar divisas exportadores, DNU exportación servicios, Régimen cambiario exportadores, Obligaciones tributarias exportadores, Contador para exportadores de servicios

Re: Facturar servicio al exterior

Publicado: Jue May 07, 2020 10:39 am
por Estudio Contable MEB
Contactate con un profesional. Vi muchos casos que se mandan solos y después tienen problemas de todos los colores. Tené en cuenta que, como comenta Gabriel, la normativa es particular y encima cambia constantemente, por lo que necesitas un profesional que te respalde para estar seguro de no estar en infracción. Saludos.

Etiquetas: asesor contable, asesor fiscal, normativa fiscal, cambios normativos, problemas contables, evitar infracciones fiscales, cumplimiento tributario