Página 1 de 1

Ajustes Contables

Publicado: Vie Mar 20, 2020 10:41 am
por carmeng
Buenos días, colegas:
Estoy conciliando cuentas para cerrar un balance y me surgió esta duda.
Es un cliente que tiene casas en alquiler, para lo cual constituyó una S. A.
Tiene todas sus obligaciones al día, pero el año pasado, al subir tanto los impuestos, expensas, entre otros, él le prestó dinero a la sociedad (quedando su cuenta particular con saldo acreedor). Lo puede hacer porque sus ingresos se lo permiten.

La consulta es: ¿cuál sería la mejor forma de cancelar el saldo de esta cuenta?
Tengo entendido que se debe imputar a Aportes Irrevocables (cuando sea para un futuro aumento de capital o para absorber futuras pérdidas) o también la posibilidad de hacer un mutuo y reflejarlo contablemente en un préstamo.
Lo primero que le pregunté fue si quería aumentar el capital, y su respuesta fue negativa.
Entonces, me queda resolverlo de otra manera. La primera, emitiendo cheques y devolviéndoles el dinero, pero está muy justa la cuenta bancaria.
La segunda, había pensado que, en lugar de usar un préstamo, podría considerar la cuenta Alq. cobrados por adelantado (poniendo en la leyenda del asiento que hubo un error de imputación de cuenta contable, esto hacerlo al cierre) y luego, en el próximo ejercicio, mes a mes devengar, reflejar el ingreso y facturar mensualmente el alquiler correspondiente. Pero, respecto a la facturación, es donde me hace ruido y no me termina de cerrar, no sé si es correcto hacerlo así...

Espero ser clara en la consulta. Desde ya, muchas gracias por tu tiempo.
Sdos.

Etiquetas: Préstamo de socio a sociedad, Aportes irrevocables, Cancelación saldo acreedor socio, Mutuo societario, Contabilización préstamo accionista, Cierre balance S.A.

Re: Ajustes Contables

Publicado: Sab Mar 21, 2020 12:48 am
por Estudio Contable GS
Es una SA.

Lo correcto si prestó fondos a la empresa es que los reciba con los intereses correspondientes (obviamente superiores a lo que determina la Ley de Ganancias como "intereses presuntos").

El resto, sería contabilidad creativa que no te va a llevar a buen puerto el día de mañana.

Saludos.

Etiquetas: Intereses presuntos, Ley de Ganancias, Préstamo a empresa, Contabilidad creativa, Sociedad Anónima, Fiscalidad intereses, Riesgos contables