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Consorcio de cocheras

Publicado: Vie Ene 25, 2019 11:00 am
por Jast
Buenos días a todos: La consulta es referida a un consorcio de cocheras de vehículos. ¿Qué tratamiento, con respecto a impuestos, tiene u obligación de presentación de regímenes de información? No realiza ninguna factura; solo recibe dos facturas: una del administrador y otra del sereno. Desde ya, muchas gracias a todos.

Etiquetas: consorcio de cocheras impuestos, tratamiento impositivo consorcio cocheras, regímenes de información consorcios, obligaciones fiscales consorcio cocheras, facturación consorcio cocheras, contabilidad consorcio de cocheras, IVA consorcio

Re: Consorcio de cocheras

Publicado: Vie Ene 25, 2019 12:51 pm
por Estudio Contable GS
Por lo que planteás (al igual que cualquier consorcio de administración), entiendo que cada cochera tiene su dueño y es este quien las deberá facturar según corresponda.

El consorcio factura cuando todos los dueños tienen participación indivisa sobre la unidad en cuestión (por ejemplo, la vivienda que antes se utilizaba para el portero o los locales comerciales de planta baja si no son de dueños particulares).

Si te interesa, nuestro Estudio Contable puede asesorarte al respecto.

Saludos.

Etiquetas: Facturación consorcios, consorcio de administración, facturación cocheras, participación indivisa, estudio contable, asesoramiento contable, facturación locales comerciales

Re: Consorcio de Cocheras

Publicado: Vie Ene 25, 2019 3:51 pm
por Estudio Contable MEB
Buenos días. Con respecto al consorcio, en sí, no tiene que remitir facturas; solamente hace expensas como cualquier consorcio de edificios, de acuerdo con las normas de la jurisdicción correspondiente. Lo que sí debe estar inscripto como empleador ante la AFIP. Ojo con el tema laboral, ya que el sereno es empleado y no puede facturarles como monotributo. Ante esto, tené en cuenta que el juicio lo van a tener el administrador y los consorcistas. Por otro lado, tenés el régimen de información de expensas que, de acuerdo con la normativa vigente, lo debe cumplir el administrador.

Con respecto a las obligaciones de cada propietario, si es dueño, solo debe pagar las expensas y concurrir a asambleas; ahora, si a su vez la alquila, deberá inscribirse en los impuestos por la renta que obtiene. Si, a su vez, se alquila un espacio común —como menciona Gabriel, el caso del portero, o, por ej., una medianera para publicidad—, es el consorcio el obligado a inscribirse en los impuestos y abonarlos. Para más detalle, se necesitaría una consulta en el estudio, pero atentos al tema del sereno, que pierden un juicio laboral y, más si le llega a pasar algo, mucho peor parados están.

Etiquetas: consorcio AFIP, obligaciones fiscales consorcios, consorcio empleador, juicio laboral sereno consorcio, régimen información expensas, impuestos alquiler espacios comunes consorcio, responsabilidades administrador consorcio

Re: Consorcio de cocheras

Publicado: Sab Ene 26, 2019 2:16 pm
por carbonesergio
Creo que el consultante hace referencia a normas como la RG 3369 AFIP. Sin embargo, se debe considerar que difícilmente una cochera generará obligación de ser informada en el marco del texto de la mencionada norma reglamentaria.

Naturalmente, si en cabeza del consorcio se perfeccionan diferentes hechos imponibles (como alquilar un espacio), este último deberá inscribirse como contribuyente.

En este contexto se debe recordar que, conforme a las normas del CCyC, estos hoy tienen personería jurídica.

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Etiquetas: RG 3369 AFIP, consorcio, hechos imponibles, obligación de informar, personería jurídica consorcios, inscribir consorcio contribuyente, alquileres consorcio impuestos