Gastos con tarjetas: vence el plazo para pedir la devolución
Publicado: Mar Ene 28, 2014 9:53 am
Gastos con tarjetas: vence el plazo para pedir la devolución del 35 por ciento,
La posibilidad de pedir la devolución de la retención que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) efectuó sobre gastos en viajes o de compras a través de Internet con tarjeta de crédito, débito, y también por la adquisición de moneda extranjera vence este viernes.
AsÃ, para los pagos a los que se les retuvo el 20 % o el 35% en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias durante 2013, los trabajadores en relación de dependencia deberán completar un formulario a través de internet para solicitar su devolución.
Los pasos para hacerlos son: contar con clave fiscal con nivel 2 o superior e ingresar a la página web de la AFIP. Si no se cuenta con este "pin", la persona deberá dirigirse a una dependencia de la AFIP (a la que corresponda según su domicilio fiscal) con DNI y fotocopia para tramitarla.
Una vez que se cuenta con clave fiscal, se ingresa al portal de la AFIP y se elige en el menú principal la opción de sistema SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) en la opción "Trabajador". Antes de hacerlo, se puede consultar en "Mis retenciones" los montos que el ente recaudador tiene detallados que se retuvieron durante el perÃodo fiscal correspondiente. Allà también se encontrará si durante el año la AFIP ya devolvió algunas de las retenciones.
De no aparecer la opción de "Mis retenciones" o "SIRADIG-Trabajador", se debe hacer click en la parte de arriba, donde diga "Servicios Administrativos Clave Fiscal", para incorporar estos Ãtems. Una vez elegida esa opción, ir a "Administración de relaciones", elegir "AFIP" y añadirlos de una extensa lista de posibilidades. Una vez hecho esto, aparecerán en el menú principal, luego de ingresar con la clave fiscal.Â
El viernes será el último dÃa para reclamar esta devolución, al igual que para informar los puntos que se pretende desgravar de gastos hechos durante 2013. Todos estos puntos serán incorporados en el formulario 572 Web. Al ingresar al F572 web, el empleado deberá consignar la información referida al empleador o empleadores correspondientes al perÃodo fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención. Se deberá conocer el CUIT.Â
Luego de controlar los datos propios y los del empleador, se irá a "Carga de formulario". Allà se deberá consignar el CUIT del agente de la retención (de la tarjeta de crédito, agencia de viaje, entre otros), el plástico con el que se concretó el pago y su número, el mes al que corresponde y el monto. Esto para el caso de pagos en el extranjero con tarjeta de crédito o débito. Si fuera un pasaje, se deberá informar el número del ticket y, si se compró moneda extranjera, habrá que detallar la declaración jurada mediante la cual se hizo la adquisición.
En el F572 web deberán también consignar las deducciones como carga de familia (hijos menores de 24 años, cónyuge, padres, abuelos, nietos, entre otros, siempre y cuando no tengan ingresos o que éstos no superen los $15.552), intereses pagados por préstamos hipotecarios (el máximo a deducir es de $ 20.000), donaciones, primas de seguro de vida y servicio doméstico, de los cuales se podrá deducir $15.552 al año (de los pagos de salario más los aportes y contribuciones).
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La posibilidad de pedir la devolución de la retención que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) efectuó sobre gastos en viajes o de compras a través de Internet con tarjeta de crédito, débito, y también por la adquisición de moneda extranjera vence este viernes.
AsÃ, para los pagos a los que se les retuvo el 20 % o el 35% en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias durante 2013, los trabajadores en relación de dependencia deberán completar un formulario a través de internet para solicitar su devolución.
Los pasos para hacerlos son: contar con clave fiscal con nivel 2 o superior e ingresar a la página web de la AFIP. Si no se cuenta con este "pin", la persona deberá dirigirse a una dependencia de la AFIP (a la que corresponda según su domicilio fiscal) con DNI y fotocopia para tramitarla.
Una vez que se cuenta con clave fiscal, se ingresa al portal de la AFIP y se elige en el menú principal la opción de sistema SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) en la opción "Trabajador". Antes de hacerlo, se puede consultar en "Mis retenciones" los montos que el ente recaudador tiene detallados que se retuvieron durante el perÃodo fiscal correspondiente. Allà también se encontrará si durante el año la AFIP ya devolvió algunas de las retenciones.
De no aparecer la opción de "Mis retenciones" o "SIRADIG-Trabajador", se debe hacer click en la parte de arriba, donde diga "Servicios Administrativos Clave Fiscal", para incorporar estos Ãtems. Una vez elegida esa opción, ir a "Administración de relaciones", elegir "AFIP" y añadirlos de una extensa lista de posibilidades. Una vez hecho esto, aparecerán en el menú principal, luego de ingresar con la clave fiscal.Â
El viernes será el último dÃa para reclamar esta devolución, al igual que para informar los puntos que se pretende desgravar de gastos hechos durante 2013. Todos estos puntos serán incorporados en el formulario 572 Web. Al ingresar al F572 web, el empleado deberá consignar la información referida al empleador o empleadores correspondientes al perÃodo fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención. Se deberá conocer el CUIT.Â
Luego de controlar los datos propios y los del empleador, se irá a "Carga de formulario". Allà se deberá consignar el CUIT del agente de la retención (de la tarjeta de crédito, agencia de viaje, entre otros), el plástico con el que se concretó el pago y su número, el mes al que corresponde y el monto. Esto para el caso de pagos en el extranjero con tarjeta de crédito o débito. Si fuera un pasaje, se deberá informar el número del ticket y, si se compró moneda extranjera, habrá que detallar la declaración jurada mediante la cual se hizo la adquisición.
En el F572 web deberán también consignar las deducciones como carga de familia (hijos menores de 24 años, cónyuge, padres, abuelos, nietos, entre otros, siempre y cuando no tengan ingresos o que éstos no superen los $15.552), intereses pagados por préstamos hipotecarios (el máximo a deducir es de $ 20.000), donaciones, primas de seguro de vida y servicio doméstico, de los cuales se podrá deducir $15.552 al año (de los pagos de salario más los aportes y contribuciones).
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