RT 48

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Maria Perrone
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Mensaje por Maria Perrone »

Buen día, tengo una duda en cuanto a la remedición de los bienes de uso. La RT dice que, una vez listas las mediciones al cierre del ejercicio, se procede a remedir los activos. Mi duda es si tomar el valor residual al cierre para remedir o el costo histórico o valor de costo de los bienes y en el próximo ejercicio amortizar por los años restantes el nuevo valor.

Gracias

Etiquetas: remedición bienes de uso, RT contable bienes de uso, valor residual remedición, costo histórico activos remedición, amortización posterior remedición, cierre ejercicio bienes de uso
Última edición por Maria Perrone el Mié Dic 31, 1969 9:00 pm, editado 0 veces en total.
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